RECURSO DE AMPARO INTERPUESTO EN FAVOR DE SERGIO RODRIGO AGUIRRE GÖMEZ/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
29 de abril de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Manuel Carvajal Díaz, abogado, e interpone acción constitucional de amparo a favor del condenado Sergio Rodrigo Aguirre Gómez, actualmente privado de libertad en Centro de Cumplimiento Penitenciario de La Serena, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, primer semestre año 2020, por haberle denegado la concesión del beneficio de la libertad condicional, en circunstancias que reuniría todos los requisitos previstos en el Decreto Ley N° 321, afectándose con ello la garantía constitucional prevista en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, al extender de manera ilegal y arbitraria su privación de libertad. Señala que el rechazo de dicho beneficio se basa en el informe psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, siendo que dichos factores de riesgos fueron evaluados en detalle por la perita Elvia Guzmán Viullanueva, quien arriba a conclusiones completamente distintas al primero de los informes aludidos. Señala, por otra parte que, en el ámbito educacional el interno obtuvo su Licenciatura de la Enseñanza Básica, durante su periodo de internación. También cursó y aprobó taller asociación pares infractores de ley; taller de identidad delictual; taller de prevención selectiva; taller de psicoterapia grupal; taller de desarrollo de valores y curso de corte y confección. Además, que se ha desempeñado laboralmente como trabajador dependiente para la empresa concesionaria Siges Chile, y para la panadería La Flor de Italia, tal cual dan cuenta los documentos acompañados. Recibiendo la capacitación laboral correspondiente. Señala que se ha infringido el debido proceso, al no ser escuchado el interno y el artículo 19 nª7 letra b) de la Constitución Política del Estado. En virtud de lo anterior, solicita se deje sin efecto la decisión denegatoria adoptada a su respecto por la Comisión de Libertad Condicional, otorgándosele en su lugar el beneficio de la libertad condicional impetrado. Acompaña los siguientes documentos: 1.- Copia de resolución que rechaza la libertad condicional; 2.- dos certificados de estudios de enseñanza básica; 3.- certificado taller asociación pares infractores de ley; 4.- Certificado taller identidad delictual; 5.- Certificado taller prevención selectiva; 6.- Certificado taller psicoterapia grupal; 7.- Certificado taller desarrollo de valores; 8.- Certificado curso corte y confección; 9.- Copia contratos de trabajo con empresa concesionaria siges chile; 10.- Copia contrato de trabajo con panadería la Flor de Italia; 11.- Liquidaciones de sueldo. SEGUNDO: Que, con fecha veintisiete de abril de dos mil veinte evacuó informe Fernando Ramírez Infante, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional de esta Región, quien señala, en lo pertinente, que efectivamente se decidió rechazar el beneficio de Libertad Condicional solicitado respecto del amparado, en virtud de las razones consignadas en el numeral 2° de la Resolución N° 0023-2020, de fecha 6 de abril último
Texto Completo (Preview)
Aguirre Gómez, Sergio Rodrigo Comisión de Libertad Condicional Amparo art. 21 Constitución Política Rol 109-2020.- La Serena, veintinueve de abril de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Manuel Carvajal Díaz, abogado, e interpone acción constitucional de amparo a favor del condenado Sergio Rodrigo Aguirre Gómez, actualmente privado de libertad en Centro de Cumplimiento Pe
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