MP C/ PATRICIO ANDRES GUERRERO BRAVO
Rol
Fecha
29 de abril de 2020
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO. ART. 443.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y oídos: 1°.- Que la Defensoría Penal Pública, en representación de los sentenciados Fabián Guerrero Bravo, Danilo Mondaca Cavieres y Patricio Guerrero Bravo, impugna por vía de nulidad, por la causal del artículo 373 letra b), del Código Procesal Penal, la sentencia dictada el 13 de marzo último, por el Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso. Señala que los jueces han vulnerado los artículos 7, 51,432 y 442 del Código Penal, al calificar el delito materia de la acusación en grado de consumado en circunstancias que los acusados no pudieron disponer de las especies sustraídas, al haber sido detenidos en las cercanías del lugar de los hechos. Solicita se acoja el recurso se anule la sentencia y se dicte sin nueva vista pero separadamente la sentencia de reemplazo con la correcta etapa de desarrollo del delito y se imponga la condigna sanción a sus representados. 2°.- Que la interposición del recurso de nulidad por la causal invocada, conlleva el reconocimiento de los hechos que los sentenciadores del fondo dieron por acreditados en el
Fundamentos
considerando octavo de la sentencia en alzada, determinándose, que los acusados el 5 de octubre último llegaron hasta la calle Godoy Cruz a la altura de Avenida Brasil, lugar en el que forzaron la chapa de una de las puertas del vehículo Peugeot 206, PPU ZL 9254 estacionado en el lugar sustrayendo un PC marca HP una gata hidráulica y accesorios, para luego huir del lugar con estas en su poder. 3°.- La calificación jurídica que se realiza por los jueces del fondo en el considerando decimo de la sentencia en alzada, al estimar el delito como consumado, es acertada y coincidente con los hechos establecidos, de manera entonces que no se infringen los artículos 7,51,432 y 442 del Código Penal. Para acoger el recurso esta Corte tendría que alterar los hechos establecidos por los sentenciadores del fondo, lo que está vedado a esta Corte, en virtud del principio de la intangibilidad de los hechos, propio de los sistemas procesales penales orales.
Fallo
Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 358, 373 letra b), y 384 del Código Procesal Penal, se rechaza el recurso de nulidad deducido por la Defensoría Penal Pública en favor de los sentenciados Fabián Guerrero Bravo, Danilo Mondaca Cavieres y patricio Guerrero Bravo, no siendo nula la sentencia de 13 de Marzo último, dictada por el Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Valparaíso. Regístrese y comuníquese. Rol 653-2020.- Redacción del Ministro Sr. Martínez. N°Penal-653-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso djc Valparaíso, veintinueve de abril de dos mil veinte. Visto y oídos: 1°.- Que la Defensoría Penal Pública, en representación de los sentenciados Fabián Guerrero Bravo, Danilo Mondaca Cavieres y Patricio Guerrero Bravo, impugna por vía de nulidad, por la causal del artículo 373 letra b), del Código Procesal Penal, la sentencia dictada el 13 de marzo último, por el Tribunal del
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica