JULIAN ORLANDO ORTIZ PARRA CONTRA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS HIPER LIMITADA. REPRESENTADA POR DON ENRIQUE OSTALE CAMBIAZO.
Rol
Fecha
29 de abril de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Julián Orlando Ortiz Parra, alumno habilitado en derecho, domiciliado en Avenida Ochagavía N° 13.079 casa 101, comuna de San Bernardo, quien interpone acción de protección en favor de la comunidad Condominio Los Almendros, ubicado en Avenida Ochagavía N° 13079, comuna de San Bernardo y en contra de Sociedad Administradora de Supermercados Hiper Limitada. Expone que el presente recurso se funda en la omisión legal en el cuidado de las instalaciones de la recurrida, ubicadas en avenida Ochagavía N° 13.115, la que causa agravio de los derechos fundamentales establecidos en los numerales 1° y 8° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que el 19 de octubre de 2019 la totalidad de la instalación del supermercado Líder ubicado el lugar señalado fue saqueado y quemado, perjudicando a toda la comunidad colindante con dicho predio, lo que ha ido empeorando ya que la empresa se desligó de toda responsabilidad en cuanto al resguardo y limpieza de los desechos orgánicos proveniente de las cosas muebles corporales que poseía para la venta al público, productos que se empezaron a descomponer produciendo malos olores y con ello la llegada de roedores y otras plagas, produciendo un problema de higiene, salubridad y todo lo que involucra un problema medioambiental que vulnera el derecho de la comunidad colindante de vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Añade que además no se ha reparado el cierre perimetral de manera adecuada, permitiendo desde el día 19 de octubre a la fecha, el saqueo continuo de este supermercado “en donde estos maleantes invaden la intimidad y tranquilidad de nuestros hogares” provocando la vulneración y amenaza al derecho a la vida y a la integridad física y psíquica. Solicita, en definitiva, que la recurrida realice la demolición de la estructura, limpieza del predio y cierre perimetral y que se aperciba a la Inmobiliaria Catedral por ser dueño titular del pred
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y normas del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de la comunidad Condominio Los Almendros, y en contra de Sociedad Administradora de Supermercados Híper Limitada, sin perjuicio de otros derechos que pueda hacer valer el recurrente en las sedes correspondientes. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. N° 14359-2019 – Protección.
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anotaron y alegaron por el recurso el abogado don Andrés Elgueta y contra el recurso los abogados don Alfredo Niklitschec Dabike y don Gonzalo Frelijj Vásquez. San Miguel, 29 de abril de 2020. San Miguel, veintinueve de abril de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Julián Orlando Ortiz Parra, alumno habilitado en derecho, domiciliado en Avenida
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