RAMÍREZ/MUTUAL DE SEGURIDAD CAMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCION
Rol
Fecha
29 de abril de 2020
Materia
DESPIDO INJUSTIFICADO
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y estimando que en la especie no se encuentra debidamente justificada la necesidad de la medida cautelar de retención en los términos exigidos en el artículo 444 del Código del Trabajo; y visto además lo dispuesto en los artículos 290 N° 3 y 295 del Código de Procedimiento Civil; SE REVOCA la resolución dictada con fecha seis de abril pasado, por la Jueza del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, doña Fabiola Villalón Gallardo, dejándose sin efecto la respectiva medida de retención. Regístrese y comuníquese. N° Laboral-48-2020. En Copiapó, a veintinueve de abril de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que precede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó. Copiapó, veintinueve de abril de dos mil veinte. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y estimando que en la especie no se encuentra debidamente justificada la necesidad de la medida cautelar de retención en los términos exigidos en el artículo 444 del Código del Trabajo; y visto además lo dispuesto en los artículos 290 N° 3 y 295 del Código de Procedimiento Civil; SE RE
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