LIZANA/ISRAEL
Rol
Fecha
4 de mayo de 2020
Materia
ACTO ADMINISTRATIVO, NULIDAD DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que decretan la práctica de alguna medida para mejor resolver son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso final del artículo 159 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducida el trece de marzo de dos mil veinte, en contra de la resolución de nueve del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-5149-2020.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducida el trece de marzo de dos mil veinte, en contra de la resolución de nueve del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-5149-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago(Sala Tramitadora) Santiago, cuatro de mayo de dos mil veinte. (dia) A los folios 4 y 5; estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que decretan la práctica de alguna medida para mejor resolver son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso final del artículo 159 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente re
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