QUEZADA/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.
Rol
Fecha
28 de abril de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 22 de diciembre de 2019 se dedujo acción de protección en favor de Elizabeth Figueroa Santis, en contra de la Isapre Cruz Blanca S.A., por el acto arbitrario e ilegal consistente en modificar injustificada y unilateralmente el precio base de su plan de salud, alzando el mismo, con lo que se está vulnerando la garantía constitucional del número 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Funda su recurso expresando que, con fecha 13 de agosto de 2019, mediante carta de adecuación, la recurrida le comunicó que debido a un proceso de revisión de los contratos de salud procedería a elevar el precio base del plan de salud colectivo que los vincula por cuanto el porcentaje de siniestralidad para el período de 12 meses hasta el mes de mayo de 2019, ha aumentado de 85% a 135%. Alega que dicha alza no se encuentra justificada, estimando que es ilegal y arbitraria. Solicita que se acoja el presente recurso de protección y se ordene dejar sin efecto el alza del precio base de su plan de salud, con costas. Agrega que se le otorga la posibilidad de pronunciarse respecto de esta propuesta de adecuación hasta el último día hábil del mes de Septiembre de 2019, dando por hecho que, si nada se manifiesta dentro de ese plazo, se entenderá que acepta la modificación detallada precedentemente; por lo que las nuevas condiciones entrarán en vigencia a partir de la remuneración o renta del mes de Octubre de 2019, sin perjuicio que en virtud de conversaciones con la recurrida, este nuevo escenario comenzará a fines del mes de Enero 2020. Refiere, que la ilegalidad y arbitrariedad se constituye ya que en ninguna parte de la carta ha señalado argumentación alguna que justifique el alza unilateral, pues no puede estimarse suficiente causa de revisión el simple registro ordenado de datos e información de las prestaciones genéricas de carácter médico así como de las supuestas variaciones de sus precios a causa de la frecuen
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C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de abril de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 22 de diciembre de 2019 se dedujo acción de protección en favor de Elizabeth Figueroa Santis, en contra de la Isapre Cruz Blanca S.A., por el acto arbitrario e ilegal consistente en modificar injustificada y unilateralmente el precio base de su plan de salud, alzando el mismo, con l
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