SIN INFORMACION

FERNÁNDEZ / JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA DE PETORCA

Rol

Fecha

28 de abril de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece don Humberto Romero Fuentes, abogado, defensor penal penitenciario, quién deduce acción constitucional de amparo en favor del condenado Tránsito Humberto Fernández Martínez, quien actualmente cumple condena en el CDP de Petorca, en contra del Juzgado de Letras y Garantía de Petorca. Indica que el amparado cumple la pena de 12 años de presidio mayor en grado medio como autor de delito reiterado de violación, tiene actualmente 79 años de edad, sufre de hipertensión arterial, asma bronquial y artrosis, patologías que constituyen la base de otras diversas afectaciones a la salud, y lo sitúan en grupo de riesgo ante la pandemia de Covid 19, según lo ha definido la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Salud de Chile,

Fundamentos

motivos por los cuales se formuló la solicitud para que se interrumpiera el cumplimiento de la pena de presidio que éste cumple actualmente, por la pena de arresto domiciliario total, lo cual por resolución dictada en audiencia de fecha 17 de abril último, dictada en causa RIT N° 71-2020 del Juzgado recurrido, rechazó la solicitud formulada por la defensa penitenciaria del amparado. Señala que el recurrido, en síntesis, fundó la decisión de su rechazo a la pretensión de la defensa, en la circunstancia de que no existiría – a su juicio – disposición legal que lo habilite para acceder a la pretensión formulada por la defensa del amparado para que se interrumpa la pena de presidio que éste sirve actualmente por la pena de arresto domiciliario total, o por cualquier otra forma de cumplimiento de la misma distinta a la pena de presidio. Asimismo, arguyó igualmente que la actual situación de salud del amparado no se encontraba amenazada por la actual situación de pandemia que enfrenta el país, debido a que se encontraba recibiendo sus medicamentos y debido a que en Petorca sólo existirían 6 casos de personas infectadas por Covid-19, y, además, porque habiendo consultado al amparado si se encontraba bien, éste le había respondido afirmativamente. El recurrente estima que la decisión del Juez recurrido es ilegal, y,

Fallo

por tanto, priva ilegalmente al amparado de su derecho a la libertad personal y seguridad individual. Por tanto, con lo expuesto solicita se acoja la acción de amparo presentada y se ordene la inmediata interrupción de la pena que actualmente cumple el amparado, sustituyéndola por la pena de arresto domiciliario total o aquella que V.S.I. según su justo y sano criterio determine y que sea apta para asegurar los derechos del sentenciado, mientras dure la situación de crisis sanitaria que nos afecta, o por el periodo que V.S.I. determine. A folio 5, informa Cesar Aliaga Gómez, Juez Subrogante del Juzgado de Garantía de Petorca, indicando que, efectivamente con fecha 17 de abril de 2020 se celebró audiencia para conocer de la solicitud planteada por el defensor penal penitenciario, solicitud que fue rechazada fundamentándose, en síntesis, que el Tribunal entiende que no hay antecedentes suficientes al día de hoy para acoger la solicitud de la defensa en orden a mutar la pena privativa de libertad por una de menor intensidad como la de arresto domiciliario total, entendiendo de los antecedentes ventilados que en el recinto penitenciario se estaría cumpliendo con las normas mínimas no solo para proteger a toda la población penal, entiende el Tribunal que no hay antecedentes suficientes por ahora para acoger la solicitud planteada, debiendo cumplir el condenado la pena privativa de libertad en la modalidad fijada en la sentencia respectiva. A folio 6, informa el Centro de Detenc

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso djc Valparaíso, veintiocho de abril de dos mil veinte. Visto: A folio 1, comparece don Humberto Romero Fuentes, abogado, defensor penal penitenciario, quién deduce acción constitucional de amparo en favor del condenado Tránsito Humberto Fernández Martínez, quien actualmente cumple condena en el CDP de Petorca, en contra del Juzgado de Letras y Garantía de Petorca. Indica que e

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