OQUEÑA/BELLOLIO
Rol
Fecha
28 de abril de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pedro Contreras Herrera, de la Oficina de Derechos Humanos de la Corporación de la Asistencia Judicial, cédula de identidad N° 11.512.231-2, domiciliado en calle Agustinas N°1419, segundo piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana, quien deduce acción constitucional de protección a favor de doña Irma Irene Oqueña Castillo, ciudadana peruana, N° de pasaporte 216238690, en contra del Departamento de Extranjería y Migración, domiciliado para restos efectos en Matucana N°1223, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en razón del acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la imposibilidad de regularizar su situación migratoria y obtener la visa de permanencia definitiva, principalmente por habérsele cursado una multa que justifica en el retraso en la atención prestada por la autoridad. Expone que la recurrente ingresó a Chile hace aproximadamente 11 años y desde entonces se ha desempeñado como asesora del hogar; asimismo, indica que en el mes de septiembre de 2017 le concedieron la visa temporaria, la que renovó hasta septiembre de 2018, y, si bien con fecha 13 de septiembre de 2019 se dirigió a dependencias de la recurrida a solicitar su permanencia definitiva, el día 14 del mismo mes venció la última renovación de su visa. Refiere que la señora Oqueña concurrió a ChileAtiende para solicitar la visa de permanencia definitiva, donde le hicieron presente que primero debía tener una cita ante la Policía de Investigaciones, la que pidió de manera on-line el día 21 de agosto del año pasado, agendándose para el 7 de octubre último. Agrega que en dicha reunión se le informó que debía realizarse el cálculo de la multa en el Departamento de Extranjería y Migración por los días en los que se había excedido en realizar sus trámites migratorios desde el vencimiento de su visa temporaria, pese a que, a su juicio, la tardanza en realizar dichas gestiones se debió a la demora en asignarle una fecha para la ci
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido a favor de doña Irma Irene Oqueña Castillo en contra del Departamento de Extranjería y Migración, Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-186194-2019. Pronunciada por la Séptima Sala (Virtual) de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Juan Manuel Muñoz Pardo e integrada por la Ministra señora Adelita Ravanales Arriagada y por el Ministro señor Juan Antonio Poblete Méndez.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiocho de abril de dos mil veinte. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pedro Contreras Herrera, de la Oficina de Derechos Humanos de la Corporación de la Asistencia Judicial, cédula de identidad N° 11.512.231-2, domiciliado en calle Agustinas N°1419, segundo piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana, quien deduce acción constitucional de protección a fa
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