1º JUZGADO CIVIL DE RANCAGUA

BANCO DELESTADO DE CHILE CON SALAZAR

Rol

Fecha

28 de abril de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la resolución en alzada. Y se tiene además presente: Que, con el objeto de cumplir los requisitos del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, al momento de estampar las búsquedas del demandado, el Sr. Receptor Judicial, en su calidad de ministro de fe, señaló que: “informa madre del demandado, que éste tiene su domicilio en esta dirección y debido a sus actividades no se encuentra en un horario fijo”, lo que viene a corroborar la conclusión de la Sra. Jueza A quo, en el sentido que no se probó la posesión exclusiva que alega el tercerista y visto además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de fecha seis de agosto de dos mil diecinueve, dictada por el Primer Juzgado Civil de Rancagua, en sus autos Rol N° C-1000-2019. Regístrese y comuníquese. Rol I. Corte N° 1342-2019- Civil-.

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Rancagua, veintiocho de abril de dos mil veinte. Vistos: Se reproduce la resolución en alzada. Y se tiene además presente: Que, con el objeto de cumplir los requisitos del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, al momento de estampar las búsquedas del demandado, el Sr. Receptor Judicial, en su calidad de ministro de fe, señaló que: “informa madre del demandado, que éste tiene su domicili

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