M.P C/ CAMILO JAIME ALLENDE ESTEFO
Rol
Fecha
25 de abril de 2020
Materia
PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, MUNICIONES Y OTROS. ART. 11 LEY Nº17.798.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Del mérito de los antecedentes, lo expuesto por los comparecientes en audiencia, y lo dispuesto en los artículos 140, 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veinticuatro de abril dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto. Atendido que el proceso sigue vigente en contra del imputado Allende Estefo y mientras no medie su culminación, se hace necesario decretar de oficio en virtud de lo dispuesto en el artículo 155 inciso penúltimo del Código Procesal Penal, la medida cautelar contemplada en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario nocturno desde las 22:00 hasta las 06:00 horas del día siguiente, debiendo el señor Juez a quo disponer lo necesario para cumplir lo resuelto por esta Corte. Acordada la medida cautelar decretada de oficio con el voto en contra de la Ministra Pizarro Soto, quien estuvo por no disponerla. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 1095-2020- Penal
Texto Completo (Preview)
Fecha: veinticinco de abril de dos mil veinte. Sala: Segunda - Zoom. Rol Corte: 1095-2020 penal Ruc: 1900464162-3 Rit: 5511-2019 JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Ministro de fe: Karin Bustamante Alvial Digitador: Gimena Olivares S. Ministerio Público: Roberto Olivares Puelles Defensor: Rodrigo Fuenzalida Fuenzalida N° registro de Audiencia: 1900464162-3-91 Imputado: Camilo Jaime Allende Estef
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