SIN INFORMACION

FUNDACION NACIONAL DEL COMERCIO PARA LA EDUCACIÓN/SUPERINTENDENCIA DE EDUCACION REGIÓN METROPOLITANA

Rol

Fecha

28 de abril de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Atendido que el domicilio del establecimiento educacional en que incide la presente reclamación se encuentra ubicado en la comuna de Rancagua, siendo ese el lugar donde el acto impugnado produce sus efectos y conforme lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°20.529, este Tribunal carece de competencia para conocer del recurso interpuesto. Por estas consideraciones, esta Corte se declara incompetente para conocer del recurso de reclamación deducido el veinte de abril del año en curso. Remítase estos antecedentes, conjuntamente con los documentos acompañados a la Corte de Apelaciones de Rancagua por corresponderle su conocimiento y resolución. Ofíciese, sin perjuicio cúmplase vía interconexión. N°Contencioso Administrativo-215-2020.

Fallo

Por estas consideraciones, esta Corte se declara incompetente para conocer del recurso de reclamación deducido el veinte de abril del año en curso. Remítase estos antecedentes, conjuntamente con los documentos acompañados a la Corte de Apelaciones de Rancagua por corresponderle su conocimiento y resolución. Ofíciese, sin perjuicio cúmplase vía interconexión. N°Contencioso Administrativo-215-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago muz Santiago, veintiocho de abril de dos mil veinte. Al folio 1: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Atendido que el domicilio del establecimiento educacional en que incide la presente reclamación se encuentra ubicado en la comuna de Rancagua, siendo ese el lugar donde el acto impugnado produce sus efectos y conforme lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley

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