24º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

EUROCAPITAL S.A./VÁSQUEZ

Rol

Fecha

23 de abril de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que según lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N°18.101, modificada por la Ley N° 19.866 de once de abril de 2003, en su nueva redacción señala, en forma imperativa, a través de su numeral 9° que “sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación”, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha treinta y uno de marzo del año en curso, en contra de la resolución de veintisiete de marzo de dos mil veinte, que pospone el inicio de la tramitación dela causa. Devuélvase, vía interconexión. N°Civil-4802-2020.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha treinta y uno de marzo del año en curso, en contra de la resolución de veintisiete de marzo de dos mil veinte, que pospone el inicio de la tramitación dela causa. Devuélvase, vía interconexión. N°Civil-4802-2020.

Texto Completo (Preview)

mplb C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, veintitrés de abril de dos mil veinte. Al folio 1: estése a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que según lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N°18.101, modificada por la Ley N° 19.866 de once de abril de 2003, en su nueva redacción señala, en forma imperativa, a través de su numeral 9° que “sólo serán apelables la sentencia defi

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