JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL

ROMO/CORPORACIÓN MUNICIPAL DE SAN JOAQUÍN

Rol

Fecha

21 de abril de 2020

Materia

REAJUSTES E INTERESES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: En estos antecedentes RIT T.150-2019 del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, por sentencia definitiva de fecha 19 de febrero del corriente, se rechazó la demanda de tutela laboral y despido injustificado deducida por doña Cristina Elizabeth Romo Peralta. Contra el aludido fallo, don Fernando Andrés Coronado Mellado, en representación de la demandante, interpuso recurso de nulidad alegando las causales del artículo 478 letra b) y artículo 477, ambos del Código del Trabajo, las que se dedujeron de manera conjunta. Por resolución de 23 de marzo del presente año, se declaró admisible el recurso. Con lo oído y

Fundamentos

considerando: Primero: Que respecto de la primera causal de nulidad invocada, la recurrente se explaya respecto del sistema de apreciación de la prueba de la sana crítica, entendiéndolo como uno que busca que el Tribunal al pronunciar su

Fallo

fallo logre el convencimiento acerca de cómo se verificaron los hechos, por medio de las reglas de la lógica y las máximas de la experiencia, principios que orientan esta forma de apreciar la prueba. Añade que en la especie se ha vulnerado el principio de la lógica, puesto que la interpretación que da la sentenciadora de los elementos probatorios existentes no es compatible con lo lógica y máximas de la experiencia, ya que de haberlo hecho así la juez hubiese arribado a una conclusión distinta de la que llega el considerando sexto letra c), y en la parte resolutiva de la sentencia, cuyo contenido transcribe. Agrega que de los antecedentes que obran en el proceso, aparece con claridad que existió un tratamiento peyorativo alusivo a los “indios a la etnia mapuche”, situación particular que fue acreditada, y luego de la cual se habrían generado sucesos concatenados que culminaron con el despido de la actora, cuya aparente motivación sería una serie de atrasos consignados en un informe que no considera las veces en que la actora llegó antes de la hora, y en el que se fundó posteriormente una apreciación efectuada sin la rigurosidad mínima de una evaluación de desempeño, que no tiene fecha, que no es secreta, y que fue efectuada, entre otras personas, por la misma persona que hostigó a la actora. Además, comenta que el propio absolvente y las testigos de la demandada habrían señalado no tener reproche académico respecto de la demandante, de manera que la lógica indica que “la únic

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En San Miguel, a veintiuno de abril de dos mil veinte. Vistos: En estos antecedentes RIT T.150-2019 del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, por sentencia definitiva de fecha 19 de febrero del corriente, se rechazó la demanda de tutela laboral y despido injustificado deducida por doña Cristina Elizabeth Romo Peralta. Contra el aludido fallo, don Fernando Andrés Coronado Mellado, en repre

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