MALUENDA/MALUENDA
Rol
Fecha
20 de abril de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Juan Bautista Maluenda Flores, asistido por la abogada Yelika Sofía Burrows Milla, ambos domiciliados para estos efectos en calle Colon Nº352, of.420, La Serena, deduce recurso de protección en contra de Karina Angeliny Maluenda Marín y Helen Ayleen Marín Marín, ambas domiciliadas en Suspiro 1359, población Raúl Silva Henríquez, Antofagasta, Evacuan informe las recurridas, solicitando el rechazo. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente funda su recurso en el hecho que las recurridas han realizado publicaciones en la red social Facebook que han afectado su vida privada, difundiendo su fotografía, comuna de trabajo y de residencia permanente, y nombre completo, exponiendo de igual manera al resto de su familia. Expone que la primera situación se dio el 8 de marzo del presente año a través de una publicación que su hija Karina realizó en su red social “Facebook”, declaración en la cual expresa que abuso de ella, y de su hermana mayor, haciendo público su nombre completo y su ubicación intermitente que es Antofagasta, ya que es la dirección de su actual lugar de trabajo. Señala que el segundo hecho se dio cuando, Helen, a quien considera su hija, pero no lo es legalmente, realizó una publicación de la misma al día siguiente, expresando que abusó sexualmente de ella y de sus hermanas, agregando a esta su comuna de residencia permanente (Combarbalá), y su fotografía, pidiendo máxima difusión para poder ser identificado como abusador sexual, sin prueba alguna de aquello. Estima que estos hechos vulneran sus derechos del artículo 19 N° 1, 4 y 24 de la Constitución Política de la República. Solicita que se elimine todo contenido publicado por ellas en la plataforma de la red social de Facebook, tanto de sus perfiles, como en los grupos públicos, y en general, la eliminación todo tipo de contenido de aquella naturaleza, de cualquier red social, además que las recurridas se abstengan de realizar publicaciones difamatorias y calumniosas, u otras de este tipo en relación hacia su persona, por cualquier vía, y en especial de cualquier otro perfil de Facebook del que no se tenga conocimiento al momento de la presentación de este recurso, en el que se hayan efectuados publicaciones similares, que otorguen disculpas públicas a su persona por el daño y humillaciones que ha provocado el acto ilegal y arbitrario, o que aclaren la situación de forma pública, ya sea en redes sociales, grupos de la red social a fines, a través de un diario de circulación, o carta hacia su persona, con el fin de que las amenazas cesen, con costas. SEGUNDO: Que Karina Angeliny Maluenda Marín, domiciliada en Suspiro 1359, población Raúl Silva Henríquez, comuna y cuidad de Antofagasta, informa solicitando el rechazo del recurso. Expone que dicha publicación la realizo en el contexto de responder a una publicación de una página social que llama a contar las experiencias de abuso o acoso sexual, sin embargo, tal como puede evidenciarse en sus dichos, el relato que realizo es de su experiencia personal, en el momento de la publicación tuvo por primera vez en la valentía de hablar de su vivencia, no existiendo llamado a efectuar amenazas al recurrente. Puntualiza que su único móvil fue realizar una catarsis personal, de su vivencia. No siendo efectivo que haya realizado la publicación con la intención de conculcar los derechos y garantías que reclama el recurrente, por el contra
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE ACOGE, sin costas el recurso de Protección interpuesto por Juan Bautista Maluenda Flores en contra de Karina Angeliny Maluenda Marín y Helen Ayleen Marín Marín, solo en cuanto se ordena a las recurridas abstenerse de incurrir en conductas similares por cualquier medio de comunicación social. Regístrese y comuníquese. Rol 1083-2020 (PROTECCIÓN)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a veinte de abril de dos mil veinte. VISTOS: Juan Bautista Maluenda Flores, asistido por la abogada Yelika Sofía Burrows Milla, ambos domiciliados para estos efectos en calle Colon Nº352, of.420, La Serena, deduce recurso de protección en contra de Karina Angeliny Maluenda Marín y Helen Ayleen Marín Marín, ambas domiciliadas en Suspiro 1359, población Raúl Silva Henríquez, Antofagast
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