JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO

MP C/ FRANCISCO JAVIER VERGARA MUNOZ

Rol

Fecha

16 de abril de 2020

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: 1.- Que el Ministerio Público ha apelado en audiencia de la resolución que dejó sin efecto la prisión preventiva del imputado Francisco Javier Vergara Muñoz, argumentando que no hay variación de los antecedentes que se consideraron para decretar dicha cautelar. 2.- Que efectivamente no se han invocado antecedentes nuevos que hagan variar la situación original que motivó se decretara respecto del imputado la prisión preventiva, como no sea el transcurso del tiempo y la eventual afectación de la salud del imputado, factor este último que si bien se encontraba presente al momento de la ocurrencia de los hechos, en la actualidad se vería agravada por la pandemia del Covid-19. 3.- Que, en concepto de esta Corte, el solo transcurso del tiempo no es un antecedente que permita modificar, en este caso, la cautelar decretada. Por otro lado, tampoco lo es la eventual afectación de la salud del imputado, por tratarse de una persona joven y que no estaría en situación de especial riesgo. 4.- Que en las condiciones antes dichas, no es posible dejar sin efecto la prisión preventiva que afecta al imputado, como medida cautelar proporcional y eficaz para asegurar los fines del procedimiento. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 139,140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de quince de abril del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano, que dejó sin efecto la prisión preventiva del imputado Francisco Javier Vergara Muñoz, resolviendo en su lugar que se mantiene dicha cautelar respecto del imputado ya referido. Comuníquese y devuélvanse los antecedentes al juzgado de origen. A los comparecientes se les tiene por notificados de la resolución precedente en forma personal, por estar presentes en la videoconferencia. Sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-386-2020.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 139,140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de quince de abril del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano, que dejó sin efecto la prisión preventiva del imputado Francisco Javier Vergara Muñoz, resolviendo en su lugar que se mantiene dicha cautelar respecto del imputado ya referido. Comuníquese y devuélvanse los antecedentes al juzgado de origen. A los comparecientes se les tiene por notificados de la resolución precedente en forma personal, por estar presentes en la videoconferencia. Sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-386-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción xsr Concepción, dieciséis de abril de dos mil veinte. VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: 1.- Que el Ministerio Público ha apelado en audiencia de la resolución que dejó sin efecto la prisión preventiva del imputado Francisco Javier Vergara Muñoz, argumentando que no hay variación de los antecedentes que se consideraron para decretar dicha cautelar. 2.- Que efectivamente no se

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