1º JUZGADO CIVIL DE RANCAGUA

INVERSIONES B TRES LIMITADA CON RAMÍREZ

Rol

Fecha

16 de abril de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que no se puede obviar el hecho que la presentación de la demanda dentro de plazo depende de la designación de un Juez árbitro, y que esta diligencia se encuentra tramitada paralelamente a la presente causa, todo lo cual lleva a estimar que el peticionario ha cumplido en los términos del inciso 1° del artículo 280 del Código de Procedimiento Civil, por lo que la petición de ampliación de plazo se encuentra justificada. Por lo señalado y, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes y 280, todos del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de tres de febrero del año en curso, dictada por el Primer Juzgado Civil de Rancagua, en causa Rol C-24-2020, y en su lugar se resuelve, que se dispone la ampliación de plazo para la presentación de la acción a 30 días, a partir del cúmplase de la presente resolución. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 251-2020.Civil.-

Fallo

se resuelve, que se dispone la ampliación de plazo para la presentación de la acción a 30 días, a partir del cúmplase de la presente resolución. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 251-2020.Civil.-

Texto Completo (Preview)

//mjcv C.A. de Rancagua Rancagua, dieciséis de abril de dos mil veinte. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que no se puede obviar el hecho que la presentación de la demanda dentro de plazo depende de la designación de un Juez árbitro, y que esta diligencia se encuentra tramitada paralelamente a la presente causa, todo lo cual lleva a estimar que el peticionario ha cumplido en

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