SIN INFORMACION

/JUZGADO DE GARANTÍA DE VILLA ALEMANA

Rol

Fecha

16 de abril de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto Que, a folio 1 comparece José Miguel Osorio Lorca, defensor penal público, en favor de José Javier Yáñez Collado, quien recurre de amparo en contra del Juzgado de Garantía de Villa alemana, en concreto, contra la resolución de fecha 02 de abril de 2020, dictada por el magistrado Simón Saavedra Treuer, mediante la cual rechazó la solicitud de modificación de prisión preventiva del amparado en el marco de una investigación por hechos que el Ministerio Público atribuyó la calificación jurídica de robo con violencia, en estado de consumado, manteniendo el amparado participación en calidad de autor. Sostiene que este recurso se funda en la evidente existencia de antecedentes que permiten presumir que la seguridad personal del amparado se encuentra en peligro toda vez que cumple una medida cautelar de prisión preventiva en el actual contexto de pandemia por el Covid-19. Lo expuesto hace necesario que se respete la excepcionalidad de aplicación de una medida cautelar tan gravosa como la prisión preventiva. Pese a lo anterior, el Tribunal no acogió los argumentos planteados por la defensa y mantuvo la aplicación de la medida cautelar. Se argumenta acerca de la grave situación que afecta a nuestro país por la llegada y propagación del Covid-19, más aun en las condiciones de sobrepoblación y hacinamiento carcelario. Hace presente que el amparado cumple su medida cautelar en el Centro de Detención Preventiva de Quillota, lugar que desde el año 2013 mantiene observaciones por parte del Instituto Nacional de Derechos Humanos por su sobrepoblación y condiciones de higiene, entre otros. Entiende que la resolución judicial vulnera el mandato normativo previsto en el artículo 19 N°7 de la Constitución Politica y solicita por tanto, se deje sin efecto la decisión de fecha 02 de abril de 2020 por el Juzgado de Garantía de Villa alemana, modificando la medida cautelar prisión preventiva del amparado por una de menor intensidad del artículo 155 del Código Procesal Penal. A fol

Fundamentos

considerando: Primero: Desprendiéndose de los antecedentes, que la medida cautelar de prisión preventiva fue dispuesta, en su oportunidad, por esta Corte de Apelaciones y, encontrándose la resolución impugnada por esta vía, debidamente fundada, no es posible acceder al recurso de amparo. Se tiene además presente que la resolución reprochada no fue impugnada mediante el recurso de apelación, que resulta ser el medio procesal idóneo.

Fallo

por tanto, se deje sin efecto la decisión de fecha 02 de abril de 2020 por el Juzgado de Garantía de Villa alemana, modificando la medida cautelar prisión preventiva del amparado por una de menor intensidad del artículo 155 del Código Procesal Penal. A folio 4 evacúa informe el Magistrado Simón Saavedra Treuer, quien confirma los antecedentes procesales del caso, haciendo hincapié en los siguientes argumentos. Sostiene que el amparado se encuentra cumpliendo la medida cautelar de prisión preventiva por resolución de fecha 05 de marzo de 2020, emanada de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso, la que, conociendo de un recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público, revoca la resolución del Juzgado a quo, quien no había dado lugar a la medida cautelar de prisión preventiva, decretando dicha medida. La solicitud de la defensa pretendió la modificación de la medida cautelar o, en subsidio, se modificase la necesidad de cautela a peligro de fuga, ambas peticiones fundadas en el cuestionamiento de la calificación jurídica (entiende que la residencia del adulto mayor no es un lugar habitado), la juventud del imputado, la ausencia de condenas previas y la existencia de la pandemia de Covid-19. Sostiene que en la oportunidad de revisión, el Tribunal razonó, compartiendo los argumentos señalados por la I. Corte de Apelaciones de Valparaíso al momento de decretar la medida cautelar, en cuanto a que la violencia que habría empleado el imputado dirían relación c

Texto Completo (Preview)

J.e.v.p. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, dieciséis de abril de dos mil veinte. Visto Que, a folio 1 comparece José Miguel Osorio Lorca, defensor penal público, en favor de José Javier Yáñez Collado, quien recurre de amparo en contra del Juzgado de Garantía de Villa alemana, en concreto, contra la resolución de fecha 02 de abril de 2020, dictada por el magistrado Simón Saavedra Treuer, mediante la

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica