FUNDACIÓN CULTURAL COVANDONGA/SUPERINTENDENCIA DE EDUCACION REGIÓN METROPOLITANA
Rol
Fecha
16 de abril de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de estos antecedentes y de conformidad, además, con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 85 de la Ley N°20.529, se declara que esta Corte es incompetente para conocer de la reclamación, deducida por la abogada Liliana Mayorga Salas, en contra de la Superintendencia de Educación, debiendo remitirse estos autos a la Corte de Apelaciones de Valparaíso por corresponderle su conocimiento. Cumplido lo anterior, elimínese el presente Ingreso Corte. N° Contencioso Administrativo-197-2020.
Fallo
se declara que esta Corte es incompetente para conocer de la reclamación, deducida por la abogada Liliana Mayorga Salas, en contra de la Superintendencia de Educación, debiendo remitirse estos autos a la Corte de Apelaciones de Valparaíso por corresponderle su conocimiento. Cumplido lo anterior, elimínese el presente Ingreso Corte. N° Contencioso Administrativo-197-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de abril de dos mil veinte (paus). Al folio 1: estése a lo que se resolverá. Vistos: Atendido el mérito de estos antecedentes y de conformidad, además, con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 85 de la Ley N°20.529, se declara que esta Corte es incompetente para conocer de la reclamación, deducida por la abogada Liliana Mayorga Salas, en contra de
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