MP. C/ MARIA ELIZABETH OTEÍZA GÓMEZ.
Rol
Fecha
15 de abril de 2020
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que no se encuentran cuestionados los requisitos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal; y en relación a la letra c) de la citada disposición, la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad en atención a la gravedad de la pena y el carácter del delito, por lo que se decide que se confirma la resolución apelada de seis de abril de dos mil veinte, dictada por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la prisión preventiva a María Elizabeth Oteíza Gómez. Devuélvase. ROL N° 903-2020-penal.
Fallo
se decide que se confirma la resolución apelada de seis de abril de dos mil veinte, dictada por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la prisión preventiva a María Elizabeth Oteíza Gómez. Devuélvase. ROL N° 903-2020-penal.
Texto Completo (Preview)
CERTIFICO: Se integra extraordinariamente la Tercera Sala de esta Corte de Apelaciones con la ministro suplente señora Carmen Gloria Escanilla Pérez por la inhabilidad concurrente en el ministro señor Roberto Conteras Olivares. San Miguel, quince de abril de dos mil veinte. Cristián Alcántara Mödinger, relator. Fecha: quince de abril de dos mil veinte. Sala: Tercera-Zoom. Rol Corte: 903-2020. R
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