PAULO COLLAO OYANEDEL CONTRA JUZGADO DE GARANTIA DE IQUIQUE Y OTRO
Rol
Fecha
14 de abril de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Comparece don Yon-Sin Sánchez Kong, abogado, defensor penal público, quien deduce acción de amparo en representación de Paulo Cesar (sic) Collao Oyanedel, cédula de identidad N° 16.816.490-4, imputado privado de libertad en causa Rol Interno del Juzgado de Garantía de Iquique N° 8116-2018, RUC N° 1801199198-6, en contra de la resolución dictada por el Juez del Juzgado de Garantía de Iquique, Sr. Mauricio Chía Pizarro, de 2 de abril de 2020, que rechazó la solicitud de la defensa en cuanto a sustituir la medida cautelar de prisión preventiva que afecta al amparado. Expone que su representado es imputado en la causa RIT 8116-2018 RUC 1801199198-6, formalizado el 22 de septiembre de 2019 por un delito de tráfico ilícito de estupefacientes, quedando por esta causa en prisión preventiva. Señala que el 2 de abril de 2020, se llevó ante el Juzgado de Garantía de Iquique, audiencia de revisión de medidas cautelares, oportunidad en que la defensa solicitó la sustitución de la prisión preventiva respectiva, en atención al peligro que corre su vida por encontrarse dentro de la población de riesgo a propósito de la pandemia del Covid-19, producto de su actual estado de salud, manifestándose que su representado sufre patologías respiratorias, especialmente asma, siendo incierta la integridad de su salud, al ser dudosa la capacidad del establecimiento penitenciario de Alto Hospicio para resguardarla, lo que sumado a la excepcionalidad y provisionalidad de la medida cautelar de prisión preventiva, justificaban a juicio de la defensa, su modificación por la de arresto domiciliario total, con las medidas de control que se considerare pertinentes. Indica que el Ministerio Publico se opuso a la solicitud,
Fundamentos
considerando que la petición se funda en un certificado médico que diagnostica asma, firmado por un médico joven, que no tiene especialidad, además de la existencia de protocolos adoptados por Gendarmería, la gravedad del delito y los antecedentes del imputado, entre ellos, una condena por robo con intimidación cumplida el año 2013. Menciona que el Tribunal rechazó la solicitud planteada, señalando que si bien el asma es un padecimiento de mucho riesgo para la población por el Covid-19, no es menos cierto que Gendarmería ha adoptado diversos protocolos en centros penitenciarios, no habiendo contagio en centros penitenciarios de la región, considerando que el delito por el cual fue formalizado pone en riesgo la salud pública, siendo un peligro para la seguridad de la sociedad por sus antecedentes penales, que impedirían un cumplimiento en libertad, tendría agravante del artículo 12 N° 15, indicándose que no hay circunstancias que hagan sostenibles que hayan variado las condiciones para decretar su prisión preventiva. Expone sobre las consideraciones de derecho, aludiendo al derecho a la libertad personal y seguridad individual en la Constitución Política y diversos Tratados Internacionales vigentes y ratificados por Chile, expone sobre la admisibilidad de la acción de amparo y sostiene que la prisión preventiva fue mantenida en forma arbitraria e ilegal, indicando que dicha medida constituye la última ratio en materia de medidas cautelares, refiriéndose nuevamente a la patología crónica respiratoria que padece el amparado, cuestión que señala lo incluye dentro del grupo de riesgo mortal, razón por la cual existe temor fundado consistente en que la mencionada enfermedad llegue a propagarse al interior del Centro Penitenciario, unido a que las medidas que pueda adoptar Gendarmería de Chile no sean suficientes para evitar el contagio del amparado. Señala que las consideraciones expuestas han de ser apreciadas al momento de determinar la mantención de la medida de prisión preventiva, a la luz del principio de excepcionalidad o ultima ratio; añadiendo que el amparado está siendo investigado por su participación en dos supuestos delitos de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, por lo que el fundamento de la prisión preventiva se encuentre eventualmente en el peligro de fuga o el peligro para la seguridad de la sociedad, sin embargo, su actual estado de salud, limita sus posibilidades de acción y además las medidas que ha tomado la autoridad gubernamental para evitar la propagación del Covid-19, vuelven difusa cualquier pretensión de peligro de fuga o para la seguridad de la sociedad, estimando que la medida de arresto domiciliario total cumple a cabalidad con los fines del procedimiento. Destaca que la sustitución de la medida de prisión preventiva por la de arresto domiciliario total, resguarda también el derecho a la integridad física y a la salud del amparado. Luego de citar lo manifestado por organismos internacionales y jurispr
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia sobre la materia, SE RECHAZA la acción constitucional de amparo a favor de Paulo Sergio Collao Oyanedel. Sin perjuicio de lo resuelto precedentemente, Gendarmería de Chile deberá velar por la salud del amparado y de ser necesario ordenar su internación en el hospital penal en caso de verse afectada su salud o integridad personal, con motivo de los hechos que originaron la presente acción constitucional. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. Rol Corte N° 69-2020 Amparo. 1
Texto Completo (Preview)
Iquique, catorce de abril de dos mil veinte. VISTO: Comparece don Yon-Sin Sánchez Kong, abogado, defensor penal público, quien deduce acción de amparo en representación de Paulo Cesar (sic) Collao Oyanedel, cédula de identidad N° 16.816.490-4, imputado privado de libertad en causa Rol Interno del Juzgado de Garantía de Iquique N° 8116-2018, RUC N° 1801199198-6, en contra de la resolución dictada p
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica