ROSE MARIE JURE OLIVARES A FAVOR DE JUAN JOSÉ OJEDA JURE CONTRA COMPLEJO PENITENCIARIO DE VALPARAÍSO MODULO 105
Rol
Fecha
9 de abril de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos Que, comparece Rose Marie Jure Olivares, quien recurre de amparo en favor su hijo Juan José Ojeda Jure, quien se encuentra cumpliendo sanción penal en Centro Penitenciarios de Valparaíso. Dirige su acción en contra del Centro Penitenciario ya indicado. Señala que su hijo está siendo amenazado constantemente por un sujeto que habita en otro módulo al interior del penal y, asimismo, tanto ella como la pareja de su hijo son amenazadas, en el exterior, por la polola del mismo sujeto. Esto ha implicado que no puedan acudir al penal y por tanto no pueden ver al amparado. Solicita su hijo sea cambiado del módulo 105 al 103 a fin de velar por la seguridad de su hijo y la de quienes acuden a sus visitas. Que evacua informe el Alcaide del Complejo Penitenciario, quien señala que a partir de los hechos contenidos en el recurso, se entrevistó al amparado a fin de corroborar la información. En la oportunidad el interno confirma que su polola y su madre mantienen problemas con una ciudadana en el exterior con quien antes eran amigas, pero hoy mantienen diferencias desconociendo el origen del distanciamiento Sin embargo, niega que él mantenga rencillas al interior del penal, indicando que no necesita cambio de módulo. Por lo expuesto, el recinto penitenciario da cuenta que el interno se encuentra en buenas condiciones de salud, sin que exista requerimiento alguno por supuestas amenazas al interior del penal. En relación a las rencillas al exterior del Centro Penitenciario, estos deben ser conocidos por los organismos competentes. Adjunta declaración firmada y con huella del interno e informe de salud sin lesiones. Que atendido el mérito de autos, se trajeron estos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, del mérito de los antecedentes, se desprende que el presente recurso tiene su origen en aparentes amenazas sufridas por el interno al interior del Centro Penitenciario y por sus familiares en el exterior del mismo. Segundo: Que, el evacuado por el Alcaide del recinto penitenciario y los antecedentes adjuntos, dan cuenta de que al menos al interior den recinto penal no han ocurrido los hechos comentados en el recurso, razón suficiente para rechazar el recurso. Tercero: Que, en relación a las posibles amenazas sufridas en el exterior del Centro de cumplimiento, los hechos deben ser puestos en conocimiento de los órganos competentes, tal como se hará en lo resolutivo.
Fallo
por tanto no pueden ver al amparado. Solicita su hijo sea cambiado del módulo 105 al 103 a fin de velar por la seguridad de su hijo y la de quienes acuden a sus visitas. Que evacua informe el Alcaide del Complejo Penitenciario, quien señala que a partir de los hechos contenidos en el recurso, se entrevistó al amparado a fin de corroborar la información. En la oportunidad el interno confirma que su polola y su madre mantienen problemas con una ciudadana en el exterior con quien antes eran amigas, pero hoy mantienen diferencias desconociendo el origen del distanciamiento Sin embargo, niega que él mantenga rencillas al interior del penal, indicando que no necesita cambio de módulo. Por lo expuesto, el recinto penitenciario da cuenta que el interno se encuentra en buenas condiciones de salud, sin que exista requerimiento alguno por supuestas amenazas al interior del penal. En relación a las rencillas al exterior del Centro Penitenciario, estos deben ser conocidos por los organismos competentes. Adjunta declaración firmada y con huella del interno e informe de salud sin lesiones. Que atendido el mérito de autos, se trajeron estos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, del mérito de los antecedentes, se desprende que el presente recurso tiene su origen en aparentes amenazas sufridas por el interno al interior del Centro Penitenciario y por sus familiares en el exterior del mismo. Segundo: Que, el evacuado por el Alcaide del recinto penitenciario y los an
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Llg C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de abril de dos mil veinte. Vistos Que, comparece Rose Marie Jure Olivares, quien recurre de amparo en favor su hijo Juan José Ojeda Jure, quien se encuentra cumpliendo sanción penal en Centro Penitenciarios de Valparaíso. Dirige su acción en contra del Centro Penitenciario ya indicado. Señala que su hijo está siendo amenazado constantemente por un sujeto
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