28º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

SERVICIOS FINANCIEROS FACTOR PLUS S.A./INSTITUTO DE CAPACITACIÓN DE IDIOMAS TRONWELL SPA

Rol

Fecha

13 de abril de 2020

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, establece dentro de los requisitos de admisibilidad del recurso de apelación, debe contener los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho en que se apoya, las peticiones concretas que se formulan al Tribunal de segunda instancia. En este caso tratándose del recurso de apelación interpuesto en forma subsidiaria a la reposición no será necesario fundamentarla ni formular peticiones concretas, siempre que el recurso de reposición cumpla con ambas exigencias. Que el recurso de reposición con apelación subsidiaria deducido por la parte demandada, no cumple con los requisitos a que se refiere el primer acápite de esta resolución, en el sentido de carecer de fundamentos de derecho, razón por la cual no puede ser admitido a tramitación. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 189 y 213 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por la parte demandada con fecha seis de marzo de dos mil veinte, en contra la resolución de tres de marzo del año en curso. Regístrese y comuníquese. N°Civil-4039-2020.

Texto Completo (Preview)

fjr C.A. de Santiago Santiago, trece de abril de dos mil veinte. Al folio N°3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, establece dentro de los requisitos de admisibilidad del recurso de apelación, debe contener los fundamentos de hecho y derecho en que se apoya, las peticiones concretas que se formulan a

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