3º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

CONSTRUCCIONES Y PAVIMENTOS LTDA./AGUAS DEL ALTIPLANO S.A.

Rol

Fecha

13 de abril de 2020

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2) Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio con fecha siete de marzo del año en curso, en contra de la resolución de fecha dos de marzo de los corrientes. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-4.110-2.020.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio con fecha siete de marzo del año en curso, en contra de la resolución de fecha dos de marzo de los corrientes. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-4.110-2.020.

Texto Completo (Preview)

Santiago, trece de abril de dos mil veinte. (dia) Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2) Que del méri

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