SIN INFORMACION

PONTIGO RETAMAL CARLOS ALFREDO/ADMINISTRACION COMUNIDAD EDIFICIO PLAZA DE ARMAS

Rol

Fecha

8 de abril de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA CON COSTAS

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 18 de noviembre de 2019, comparece don Carlos Alfredo Pontigo Retamal, empresario, interponiendo recurso de protección en contra de la Administración de la Comunidad Edificio Plaza de Armas. Señala, que con fecha 6 de noviembre de 2019, fue notificado de un alza en el gasto común equivalente al 412%, acto que lo califica como arbitrario e ilegal, toda vez que es arrendatario hace treinta años aproximadamente y esto nunca antes habría sucedido. Refiere, que no existe administración legalmente constituida y que ha realizado una serie de solicitudes al abogado “interlocutor” sin obtener respuesta alguna. Indica, que no ha sido notificado legalmente y que se enteró del alza con la llegada del cupón de pago del gasto común, calificándolo como un acto de mala fe, ya que el monto real se encontraba “sumergido” en un desglose y con “letra chica”, lo que atentaría contra la dignidad de las personas y derechos humanos. Señala, además, que el actuar del recurrido obedece única y exclusivamente a una persecución motivada por el déficit del edificio, ya que existe un 50% de comuneros en mora, señalando que este cambio de “protocolo” de manera unilateral constituye una acción de persecución y práctica “anti-copropietarios”. El recurrente, hace mención al contexto social que vive el país, señalando que cinco tiendas fueron saqueadas y dos descerrajadas, y que aun así, la Administración de manera imperante y determinada realiza esta alza atentando contra los derechos básicos, y que las sanciones tomadas por la Administración dejan al descubierto un acto ilegal y arbitrario, dejando establecido que el abono se entenderá como ni pago de los gastos comunes, lo que en el futuro podría significar cortes de “elementos fundamentales” (se entiende como corte de suministro de electricidad). Concluye, alegando que dicho actuar violaría las garantías constitucionales del artículo 1, 19, 20 y 24 de la Constitución Política de la Repúblic

Fallo

se declara admisible el recurso, pidiéndose informe a la recurrida Administración Comunidad Edificio Plaza de Armas. TERCERO: Que, con fecha 27 de noviembre de 2019, la recurrida Administración Comunidad Edificio Plaza de Armas, evacúa informe, solicitando que el recurso sea rechazado en su totalidad. Señala, que ciertamente con fecha 6 de noviembre de 2019, el recurrente fue notificado de un alza del gasto común equivalente al 412%, y que siempre pagó una suma muy inferior a la que actualmente se cobra, toda vez que durante años los gastos comunes de todas las unidades se cobraron mediante el pago de una suma fija, no cumpliendo con lo dispuesto por el Reglamento de Copropiedad en cuanto a que dichos gastos se deben solventar diferenciados entre departamentos del edificio y locales comerciales y que se deben cobrar de acuerdo al metraje que le pertenece a cada unidad. Indica, que fue así que a contar del gasto común del mes de septiembre se efectuaron dos cambios que fueron aprobados por la asamblea de copropietarios de fecha 15 de marzo de 2019, consistentes en que a) los gastos deben ser separados entre departamentos y locales comerciales y; b) que se deben cobrar en atención al porcentaje y metraje que cada unidad tiene respecto de los bienes comunes. Refiere, que se certificó que el local 565 que da a la calle 21 de mayo y que arrienda el recurrente, tiene un metraje de 158,25 mts2, y que esos 158,25 mt2 ajustados en proporción a los 8.289,84 mts2 de la Galería Comerc

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Santiago, ocho de abril de dos mil veinte VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 18 de noviembre de 2019, comparece don Carlos Alfredo Pontigo Retamal, empresario, interponiendo recurso de protección en contra de la Administración de la Comunidad Edificio Plaza de Armas. Señala, que con fecha 6 de noviembre de 2019, fue notificado de un alza en el gasto común equivalente al 412%, acto

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