SIN INFORMACION

SIPROL SPA/INSTITUTO NACIONAL DE HIDRAULICA

Rol

Fecha

8 de abril de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de infracciones que, según el artículo 19 N° 21 de la Constitución Política de la República y el artículo único de la Ley N°18.971, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por esta vía, al denunciarse actos de investigación en materias propias de su competencia y no de actividades de carácter empresarial por parte de las entidades recurridas, por lo cual la acción de amparo económico intentada no puede ser admitida a tramitación.  Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido en estos autos. Archívese. N° Amparo-704-2020. Pronunciada por la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por la ministro señora Dobra Lusic Nadal e integrada por los ministros (S) señores Rafael Andrade Díaz y Juan Carlos Silva Opazo. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, ocho de abril de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido en estos autos. Archívese. N° Amparo-704-2020. Pronunciada por la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por la ministro señora Dobra Lusic Nadal e integrada por los ministros (S) señores Rafael Andrade Díaz y Juan Carlos Silva Opazo. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, ocho de abril de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, ocho de abril de dos mil veinte (paus). Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de infracciones que, según el artículo 19 N° 21 de la Constitución Política de la República y el artículo único de la Ley N°18.971, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por esta vía, al denunciarse actos de investigación e

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