SUFACTOR S.A./FISCO DE CHILE- CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO
Rol
Fecha
28 de abril de 2020
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, naturaleza jurídica que en la especie no se cumple, razón por la cual, el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el demandado Fisco de Chile, el veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve (folio 37), contra la resolución dictada el dieciséis de octubre de ese año (folio 31) y que fuera concedido el dos de diciembre pasado. Devuélvase por sistema interconectado. N°Civil-4415-2020. Pronunciada por la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por la ministro señora Mireya López Miranda e integrada por las ministros señoras Maritza Villadangos Frankovich y Jenny Book Reyes. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiocho de abril de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el demandado Fisco de Chile, el veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve (folio 37), contra la resolución dictada el dieciséis de octubre de ese año (folio 31) y que fuera concedido el dos de diciembre pasado. Devuélvase por sistema interconectado. N°Civil-4415-2020. Pronunciada por la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por la ministro señora Mireya López Miranda e integrada por las ministros señoras Maritza Villadangos Frankovich y Jenny Book Reyes. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiocho de abril de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de abril de dos mil veinte (paus). Por haberse incurrido en un error informático al estampar la constancia ingresada bajo el folio 2, déjese sin efecto. Al folio 4: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia
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