TORRE/30º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO
Rol
Fecha
9 de abril de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1) Que el abogado Gonzalo Torres Griggs, en los autos caratulados “Scotiabank Chile SpA con Tiento S.A” de los que conoce el 30° Juzgado Civil de esta ciudad, bajo el Rol C-23187-2016, deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada con fecha veintitrés de marzo de los corrientes, en razón de que habrían impuesto a la apelante, en atención a la data de inicio de dichos antecedentes, el cumplimiento de la carga establecida en el artículo 197 del Código de Procedimiento, norma que no resultaría aplicable en la especie, en razón de lo preceptuado en las normas sobre vigencia temporal de la Ley N° 20.886, que establece la tramitación electrónica de los procedimientos. 2) Que lo descrito precedentemente no es susceptible de ser conocido por esta vía, desde que no se encuentra comprendido dentro de las hipótesis descritas en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, máxime si se considera que la resolución impugnada, de veintitrés de marzo de los corrientes, que resuelve, a su vez, la presentación de cinco de marzo del mismo año, no denegó, en definitiva, recurso de apelación alguno, desde que no fuere solicitado en el escrito respectivo por dicha parte, según aparece del mérito de los antecedentes que fueren acompañados en el otrosí de la presentación que por este acto se resuelve, razón por la cual el presente recurso de hecho no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, adema s, con lo dispuesto en los artículos 196 y 203 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de hecho interpuesto por el abogado Gonzalo Torre Griggs, en contra de la resolución dictada con fecha veintitrés de marzo de dos mil veinte. Regístrese y archívese. N°Civil-4068-2020.
Fallo
se resuelve, razón por la cual el presente recurso de hecho no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, adema s, con lo dispuesto en los artículos 196 y 203 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de hecho interpuesto por el abogado Gonzalo Torre Griggs, en contra de la resolución dictada con fecha veintitrés de marzo de dos mil veinte. Regístrese y archívese. N°Civil-4068-2020.
Texto Completo (Preview)
mplb C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, nueve de abril de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: 1) Que el abogado Gonzalo Torres Griggs, en los autos caratulados “Scotiabank Chile SpA con Tiento S.A” de los que conoce el 30° Juzgado Civil de esta ciudad, bajo el Rol C-23187-2016, deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada con fecha veintitrés de marzo de los corri
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