C/ DAVID MIGUEL INOSTROZA ORTEGA. DTE. M.P. COQBO
Rol
Fecha
7 de abril de 2020
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Que, teniendo únicamente presente que de las alegaciones planteadas en estrados, especialmente lo indicado por la representante del Ministerio Público, respecto al presupuesto material del artículo 140 letra a) del Código Procesal Penal, al menos en esta etapa procesal, es posible tener por establecido que hay antecedentes que justifican la existencia los hechos por los que ha sido formalizado el imputado, en razón de aquello se descarta lo indicado por la defensa respecto a la existencia del delito. Que de lo anterior y siguiendo los parámetros de la letra c) del mencionado artículo, por el número y carácter de los delitos investigados, es posible desechar la alegación de la defensa respecto de la solicitud de imponer una medida cautelar de menor intensidad que la impuesta, ya que en este caso, por lo ya razonado se encuentra justificada la imposición de la prisión preventiva por las causales señaladas por el Juez a quo. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 139, 140, 145, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha veintinueve de marzo de dos mil veinte, que decretó la prisión preventiva del imputado David Miguel Inostroza Ortega, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal y relatora señorita Karla Malebrán Torres, quien actúa como ministro de fe. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 189-2020 Penal.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, siete de abril de dos mil veinte. Siendo las 09:43 horas, ante la Sala Única de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Christian Le-Cerf Raby, integrada por los Ministros suplentes señor Jorge Corrales Sinsay y señor Sergio Troncoso Espinoza, se realiza la audiencia fijada para el conocimiento del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la r
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