MAIDANA/CONSORCIO EMBALSE CHIRONTA S.A.
Rol
Fecha
8 de abril de 2020
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto con fecha catorce de marzo pasado, en contra de la resolución dictada con fecha once de marzo de dos mil veinte. Comuníquese. N°Civil-4417-2020.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto con fecha catorce de marzo pasado, en contra de la resolución dictada con fecha once de marzo de dos mil veinte. Comuníquese. N°Civil-4417-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, ocho de abril de dos mil veinte. (dia) Al folio 3: estése a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artícul
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