TAVALI/OTALORA
Rol
Fecha
6 de abril de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, Patricio Ignacio Tavali Pinto, en favor de Ruth Dini Valenzuela, Profesora, Directora de establecimiento educacional “Escuela República de Israel”, Arica, Rut Nº 7.068.874-3; y Patricio Javier Tavali Araya, Profesor, Jefe de Unidad Técnico Pedagógica del mismo establecimiento, Rut Nº 11.813.194-0, ambos domiciliados para estos efectos en calle Magallanes Nº 1860, Arica, dedujo recurso de protección en contra de Francisco Sebastián Otálora Mancilla, Rut Nº 20.216.725-k, domiciliado en calle Dulcinea Nº 500, Depto. Nº 42, ciudad de Arica, por vulnerar su garantía constitucional del Nº4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala que el 12 de marzo del año en curso, el recurrido realizó una publicación en la red social de “Facebook”, con expresa alusión a los recurrentes, afectado su derecho a la honra al imputarles directamente la comisión de un ilícito. La publicación es la siguiente: “El siguiente colegio y el más corrupto del que yo tengo conocimiento es la querida República de Israel (D-4): Este caso si lo público con toda la seguridad del mundo ya que me tocó ver todo el proceso de aquellas faltas. Mi ex profesor jefe de ese colegio era una persona correcta, quería lo justo para todos, y no faltó el alumno cuico que era porro en las clases y no estaba ni ahí con naa, nuestro profesor jefe no le daba la mano para pasar de curso porque ni siquiera lo intentaba, así que su apoderado no encontró mejor que hacer que hablar con él profesor de esa época Patricio Tavali, profesor de ciencias naturales, para comprar las pruebas con respuestas y así hacerlo pasar, el profesor aceptó sin ninguna queja, siendo que alumnos que eran de escasos recursos le ponían empeño, les costaba y le pedían una ayuda al profesor, el respondía que no los ayudaría porque todo hay que ganárselo. Bueno nuestro profesor jefe me contó a mi (porque yo era el mayor en el colegio) porque necesitaba testigos de lo que pasaba, la directo
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se resuelve: Que se ACOGE la acción constitucional deducida por Ruth Dini Valenzuela y Patricio Javier Tavali Araya, en contra de Francisco Sebastián Otálora Mancilla, debiendo el recurrido adoptar todas las medidas conducentes para eliminar de la red social Facebook, toda publicación vertida en contra de los recurrentes, así como también, las expresiones incorporadas a las mismas, debiendo además abstenerse en lo sucesivo, de realizar este tipo de acusaciones en dicho medio u otros similares. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. Rol N° 288-2020 Protección.
Texto Completo (Preview)
Arica, seis de abril de dos mil veinte. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, Patricio Ignacio Tavali Pinto, en favor de Ruth Dini Valenzuela, Profesora, Directora de establecimiento educacional “Escuela República de Israel”, Arica, Rut Nº 7.068.874-3; y Patricio Javier Tavali Araya, Profesor, Jefe de Unidad Técnico Pedagógica del mismo establecimiento, Rut Nº 11.813.194-0, ambos domiciliados p
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