JUZGADO DE LETRAS DE CASABLANCA

SAVIATECH SPA./COMERCIALIZADORA HACIENDA CURACAVI LIMITADA

Rol

Fecha

6 de abril de 2020

Materia

CHEQUE, NOTIFICACIÓN PROTESTO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto: Habiéndose deducido recurso de apelación en contra de la resolución de uno de julio de dos mil diecinueve, dictada por el Juzgado de Letras de Casablanca, que ordenó devolver los documentos, dejando copia autorizada de los mismos, la que tiene la naturaleza jurídica de decreto que ordena la substanciación regular del juicio, por cuanto no altera la misma, resultando, por ello, inapelable, a la luz de los artículos 181 y 188 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el arbitrio deducido. Devuélvase. Proveyendo derechamente a folio 3 “se hace parte y alegatos” A lo principal y otrosí, estese al mérito de lo resuelto precedentemente. N°Civil-723-2020.

Fallo

se declara inadmisible el arbitrio deducido. Devuélvase. Proveyendo derechamente a folio 3 “se hace parte y alegatos” A lo principal y otrosí, estese al mérito de lo resuelto precedentemente. N°Civil-723-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de abril de dos mil veinte. Visto: Habiéndose deducido recurso de apelación en contra de la resolución de uno de julio de dos mil diecinueve, dictada por el Juzgado de Letras de Casablanca, que ordenó devolver los documentos, dejando copia autorizada de los mismos, la que tiene la naturaleza jurídica de decreto que ordena la substanciación regular del juicio, p

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