JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MIN PUBLICO ARICA C/ JUAN SALVADOR MARTINEZ CANALES

Rol

Fecha

3 de abril de 2020

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

REVOCADA VOTO EN CONTRA CAG

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Hechos

Visto: Habiendo oído los intervinientes y teniendo especialmente en consideración por esta Corte que no existen nuevos antecedentes que sirvan para establecer que los imputados Juan Salvador Martínez Canales y Javier Fernando Guerrero Castillo no han tenido participación en el delito que se investiga, por lo que se dan los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y teniendo presente la pena asignada al delito, que es de crimen, estos sentenciadores estiman que concurre, además, a su respecto la letra c) del citado artículo, por lo que SE REVOCA la resolución apelada de dos de abril del año en curso, dictada en la causa RIT O-1864-2020, RUC N° 2000085180-K, del Juzgado de Garantía de esta ciudad, y en su lugar se declara que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los mencionados Martínez Canales y Guerrero Castillo. Acordada con el voto en contra de la Ministra, doña Claudia Arenas González, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, por considerar que los nuevos antecedentes aportados por las defensas excluyen la procedencia de la presunción establecida en la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, sobre todo porque a la fecha no se encuentra establecida la data de la muerte de la víctima. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 188-2020 Penal.

Fallo

se declara que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los mencionados Martínez Canales y Guerrero Castillo. Acordada con el voto en contra de la Ministra, doña Claudia Arenas González, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, por considerar que los nuevos antecedentes aportados por las defensas excluyen la procedencia de la presunción establecida en la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, sobre todo porque a la fecha no se encuentra establecida la data de la muerte de la víctima. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 188-2020 Penal.

Texto Completo (Preview)

Arica, tres de abril de dos mil veinte. Visto: Habiendo oído los intervinientes y teniendo especialmente en consideración por esta Corte que no existen nuevos antecedentes que sirvan para establecer que los imputados Juan Salvador Martínez Canales y Javier Fernando Guerrero Castillo no han tenido participación en el delito que se investiga, por lo que se dan los requisitos de las letras a) y b) d

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