GUZMAN ELGUETA CARLA FRANCHESCA / 43 COMISARIA DE CARABINEROS DE PEÑALOLEN
Rol
Fecha
3 de abril de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que a fojas 1 comparece Carla Franchesca Guzmán Elgueta, dueña de casa, domiciliada en calle Pasaje Casa Nueva N° 2132 de la comuna de Peñalolén, quien deduce recurso de amparo en su favor y en el de Carlos González Fuentes, en contra de Carabineros de la 43º Comisaría de Peñalolén. Indica que el 5 de marzo de 2020 doña Jacqueline Miranda Maldonado, ex esposa de su pareja, y la hija de ésta Katiuska Marlene González Miranda, fueron detenidas en el domicilio ubicado en Pasaje Víctor Jara N° 2175 comuna de Peñalolén, ignorando mayores detalles. Afirma luego la recurrente que ella y su pareja han sido víctimas de constantes amenazas por parte de funcionarios policiales, indicando que “se dejarían caer” en el domicilio para detenerlos a ambos, agregando que ignora cuál es la acusación concreta, puesto que estuvieron en su domicilio y no había nada extraño. Hace presente que no tiene antecedentes y jamás ha sido detenida por delito alguno, agregando que no tiene temor de que lleguen a su domicilio, pero que las amenazas sí le provocan grandes perturbaciones. Previas citas legales, solicita que se adopten medidas dirigidas a restablecer el imperio del derecho y asegurar la tutela los derechos fundamentales violados y que se ordene a Carabineros de la 43º Comisaría de Peñalolén adoptar las medidas necesarias para impedir que se repitan actos que impliquen atentados a la libertad personal y a la seguridad individual de los amparados. Segundo: Que informa el Jefe de Zona Metropolitana de Carabineros indicando que el Departamento Antidrogas O.S.7 informó mediante Oficio N° 624, de 22 de marzo de 2020, que la Sección Microtráfico tramitó una investigación de la Fiscalía Local Macul - Peñalolén, a cargo del Fiscal Fernando Zeballos Araya, por el delito de microtráfico, en distintos domicilios de la Comuna de Peñalolén, y que el 5 de marzo de 2020, a las 17:00 horas, se cumplió una d
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la norma constitucional citada, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Carla Franchesca Guzmán Elgueta y Carlos González Fuentes. Regístrese y archívese. N° 555-2020.
Texto Completo (Preview)
Santiago, tres de abril de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que a fojas 1 comparece Carla Franchesca Guzmán Elgueta, dueña de casa, domiciliada en calle Pasaje Casa Nueva N° 2132 de la comuna de Peñalolén, quien deduce recurso de amparo en su favor y en el de Carlos González Fuentes, en contra de Carabineros de la 43º Comisaría de Peñalolén.
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