WEISS/JF ENFIERRADURAS LIMITADA
Rol
Fecha
2 de abril de 2020
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: La abogada María Pía Herrera Salinas, por el demandante Isaac Germán Weiss Barrera, recurre de nulidad contra la sentencia de tres de diciembre del año pasado, dictada en causa RIT M-3265-2019 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que acogió la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por el actor, antes aludido, en contra de JF Enfierraduras Ltda, como demandada principal, y de Constructora Ingevec S.A., como demandada solidaria, sólo en cuanto declara que el despido sufrido por el actor es carente de causal, ordenando el pago de remuneraciones y feriado proporcional, rechazando en lo demás la demanda, sin costas. Funda el recurso en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, infracción de ley, denunciando como normas infringidas los artículos 162 inciso 4° y 168 del Código del Trabajo y 4° del Código Civil. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de ambas partes.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, desarrollando la causal esgrimida, la recurrente indica que en el
Fallo
fallo impugnado no se dio aplicación al artículo 168 del Código del Trabajo, norma que era la llamada a resolver la controversia y que establece precisamente los efectos jurídicos que se siguen de la declaración judicial de despido injustificado, indebido, improcedente o carente de causal legal, consistente en el pago de la indemnización a que refiere el inciso cuarto del artículo 162 y, en su caso, de la indemnización de los incisos primero o segundo del artículo 163. Por el contrario, el fallo estima improcedente la indemnización contemplada en el Código del Trabajo para tal hipótesis, por haberse pactado una obra o faena en el contrato de trabajo, efectuando una exclusión de tal tipología de contratos que el artículo 168 no contempla, razonando que -ante la terminación de un contrato por obra o faena- solo corresponde la aplicación de la norma del artículo 1.556 del Código Civil, esto es, lucro cesante consistente en las prestaciones a que el trabajador habría tenido derecho hasta la culminación de la faena para la cual se había contratado. Explica que el error interpretativo consiste en estimar que únicamente procede ante tales contratos la indemnización por lucro cesante, excluyendo completamente la aplicación de las indemnizaciones establecidas en el Código del Trabajo, con lo cual se desestima la indemnización sustitutiva de aviso previo, única pretensión derivada del despido injustificado que fue solicitada en la demanda, por lo que el fallo desatiende la norma del
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Santiago, dos de abril de dos mil veinte. Vistos: La abogada María Pía Herrera Salinas, por el demandante Isaac Germán Weiss Barrera, recurre de nulidad contra la sentencia de tres de diciembre del año pasado, dictada en causa RIT M-3265-2019 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que acogió la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por el actor, antes
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