MP C/ FLAVIO ANDRES SALINAS MILLANAO
Rol
Fecha
2 de abril de 2020
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen antecedentes que justifican los presupuestos materiales del artículo 140 del Código Procesal Penal, y en relación a la necesidad de cautela contenida en la letra c) de la citada norma, ésta solamente se ve cumplida con la prisión preventiva a la cual se encuentra sujeto el imputado, por estimarse que la libertad del mismo constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la cantidad de delitos por los que ha sido objeto de formalización y la naturaleza de los mismos, razón por la cual, se revoca la resolución en alzada de fecha uno de abril de dos mil veinte, dictada por don Rodrigo Riquelme Mendoza, Juez Titular Juzgado de Garantía de Calbuco, en la parte que sustituye la prisión preventiva por la medida cautelar real del pago de una caución suficiente ascendente a $1.500.000.-, debiendo en el presente caso mantenerse la prisión preventiva respecto del imputado Víctor Manuel Muñoz Barros. Devuélvase por interconexión. Rol Penal N° 207-2020.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, dos de abril de dos mil veinte. VISTOS: El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen antecedentes que justifican los presupuestos materiales del artículo 140 del Código Procesal Penal, y en relación a la necesidad de cautela contenida en la letra c) de la citada norma
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