MP C/ ANDERSON ANTONIO BRUNA VASQUEZ
Rol
Fecha
2 de abril de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo, únicamente, presente: a) Que, de los antecedentes acopiados hasta ahora no aparecen acreditados los requisitos establecidos en el artículo 140 letra a) del Código Procesal Penal, respecto de los delitos por los que fuera formalizado el recurrente, atendida la incongruencia existente en el relato de los hechos proporcionado por la víctima y sus testigos en relación a la hora de ocurrencia de los supuestos delitos y aquella en que se realizaron las atenciones de urgencia, siendo de suyo importante aquella en que se constató las lesiones de la persona que habría resultado con una herida de gravedad. b) Que, además, existe inconsistencia en la secuencia de hechos narrados por todos quienes habrían estado en el sitio del suceso en los diversos ilícitos que presuntamente se habrían configurado, todo lo cual impide reconstituir la situación fáctica que implicó lesiones tanto para el presunto hechor, cuanto para terceros. Por lo expuesto y de conformidad, además, con lo dispuesto por el artículo 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de veintisiete de marzo de dos mil veinte, y en su lugar se declara que se deja sin efecto la prisión preventiva respecto del imputado Anderson Antonio Bruna Vásquez. Dese orden de libertad al imputado, si no estuviere privado de ella por otra causa. Sirva la presente acta de suficiente y atento oficio remisor. Regístrese y comuníquese por la vía más expedita. RIT N°O-114 -2020, Ruc N°2000130785-2 N°Penal-695-2020.
Fallo
Por lo expuesto y de conformidad, además, con lo dispuesto por el artículo 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de veintisiete de marzo de dos mil veinte, y en su lugar se declara que se deja sin efecto la prisión preventiva respecto del imputado Anderson Antonio Bruna Vásquez. Dese orden de libertad al imputado, si no estuviere privado de ella por otra causa. Sirva la presente acta de suficiente y atento oficio remisor. Regístrese y comuníquese por la vía más expedita. RIT N°O-114 -2020, Ruc N°2000130785-2 N°Penal-695-2020.
Texto Completo (Preview)
Cgv C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a dos de abril de dos mil veinte, se da inicio a esta audiencia a las 10:24 horas, ante la Tercera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, modalidad Videoconferencia, siendo presidida por la Ministra Sra. Teresa Carolina Figueroa Chandía, e integrada por la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo y por el abogado integrante Sr. Fa
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