CARMONA/NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO
Rol
Fecha
2 de abril de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que el recurso de hecho materia del presente ingreso, ha sido interpuesto por el abogado de la parte demandada Juvenal Suárez Cáceres, el veintinueve de marzo de dos mil veinte, en contra de la resolución del a quo que niega dar curso a la apelación deducida el diez de marzo del año en curso. 2°) Que, el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, establece que si el tribunal inferior deniega un recurso de apelación que ha debido concederse, la parte agraviada podrá ocurrir al superior respectivo, dentro del plazo de cinco días desde la notificación de la negativa, para que declare admisible dicho recurso, razón por la que cabe concluir que en el caso de marras, el plazo legal se encontraba vencido a la fecha de interposición del presente recurso. Por los
Fundamentos
motivos expuestos y de conformidad a lo dispuesto en la cita legal precedente,
Fallo
se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de hecho interpuesto el veintinueve de marzo de dos mil veinte, en contra de la resolución dictada el veintitrés del mismo mes y año, que denegó el recurso de apelación deducido por la parte demandada. Archívese. N°Civil-4074-2020.
Texto Completo (Preview)
fjr C.A. de Santiago(Sala Tramitadora) Santiago, dos de abril de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el recurso de hecho materia del presente ingreso, ha sido interpuesto por el abogado de la parte demandada Juvenal Suárez Cáceres, el veintinueve de marzo de dos mil veinte, en contra de la resolución del a quo que niega dar curso a la apelación deducida el diez de marzo del a
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica