MINISTERIO DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACIONES

TELEFONICA MOVILES CHILE S.A / MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES.-

Rol

Fecha

1 de abril de 2020

Materia

OTRAS MATERIAS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo, además, presente: Primero: Que la parte de Telefónica Móviles Chile S.A., se alza en contra de la sentencia dictada por la Sra. Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, que lo sanciona con una multa de 1000 UTM por no dar cumplimiento al momento de la fiscalización con la obligación de suministrar a la localidad “Caquena”, de la comuna de Putre, Región de Arica y Parinacota, el servicio de acceso a internet, infringiendo con ello lo dispuesto en artículos 2 y 13 de la Ley 18.168, en relación a lo establecido en artículos 4, 40, 41, y 42 de las Bases del Concurso Público para otorgar concesiones de Servicio Público de Transmisión de Datos Fijos y/o móvil. Por otra parte, se le sanciona, en conformidad a lo establecido en el artículo 38 de la ley 18.168, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a 0,25 UTM, por cada día que la afectada haya dejado transcurrir sin dar cumplimiento a la orden que le fuera impuesta en su oportunidad, hasta la fecha de su íntegro cumplimiento, o en su defecto, hasta la fecha en que se liquide la respectiva multa. Segundo: Que el recurrente sustenta su arbitrio, en síntesis, en que el incumplimiento que se le imputa, se origina en un hecho del todo involuntario y casual, que implicó que la gestión para suministrar el servicio de transmisión de datos y telefonía móvil en la localidad obligatoria denominada “Caquena”, requirió de mayor tiempo que el contemplado para culminar las obras e instalaciones destinadas a cumplir con lo estipulado en las Bases. Estima que no existe el elemento subjetivo de dolo o culpa de su parte, puesto que se ha caracterizado, siempre, en cumplir lo dispuesto por la autoridad. Pide, consecuentemente, dejar sin efecto la multa o rebajarla al mínimo. En subsidio, solicita aplicar el mínimo de la multa fija, estimando que el quantum fijado es desproporcionado e injustificado, al no considerar las atenuantes esgrimidas, esto es haber procurado con celo reparar el mal causado y haber

Fallo

por tanto anexa a la principal que busca la corrección de la conducta infractora. Por otra parte la sentencia que se revisa ordena determinar su monto concreto una vez que la sentencia se encuentre ejecutoriada, lo que resulta procedente por cuanto la infracción lo es por cada día que la afectada deje transcurrir sin dar cumplimiento a lo ordenado y hasta que esa conducta fuere enmendada, lo que bien pudo acontecer incluso antes de que el fallo quede ejecutoriado, lo que debe -como lo ordena el fallo en alzada- ser precisado en su oportunidad, sin que ello importe sancionar con efectos retroactivos o en forma ilegal. Quinto: Que en cuanto a la petición subsidiaria, los hechos acreditados y la entidad de la infracción constada llevan a concluir que el quantum de la sanción resulta proporcional, pues la conducta de la recurrente afecta servicio de internet móvil de la localidad a lo que se comprometió, al haberse adjudicado por licitación pública tal imperativo, lo que importaba tener conocimiento del alcance y contenido de sus obligaciones, afectándose el derecho de los usuarios, lo que ha permanecido en el tiempo como se acredita con el informe técnico acompañado a los autos en escrito folio 11, respecto del que la contraria nada dijo en el plazo de citación que se le confirió. Además, la multa se ajusta al tramo legal, sobre todo si se tiene presente que el recurrente ha sido condenado con anterioridad por una conducta similar y hasta la fecha no ha dado cumplimiento ínte

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, uno de abril de dos mil veinte. Vistos y teniendo, además, presente: Primero: Que la parte de Telefónica Móviles Chile S.A., se alza en contra de la sentencia dictada por la Sra. Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, que lo sanciona con una multa de 1000 UTM por no dar cumplimiento al momento de la fiscalización con la obligación de suministrar a la localidad “C

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica