MARCO ANTONIO SANHUEZA ZAPATA CON ALUMGLASS SPA Y OTROS
Rol
Fecha
31 de marzo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Que don David González García, por el actor, en autos RIT O-490-2019 del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, recurrió de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada el 7 de noviembre de 2019, solicitó que se anule el fallo y se dicte sentencia de reemplazo que acoja la demanda en los términos que indica. Se procedió a la vista del recurso en la audiencia de 6 de marzo en curso, a la que asistieron y alegaron los abogados de las partes. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que don David González García, por el actor, ha invocado en su recurso como primera causal de nulidad del fallo, la establecida en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo y ha formulado como petición concreta que se invalide el
Fallo
fallo y se dicte sentencia de reemplazo que acoja la demanda en los términos que indica. Se procedió a la vista del recurso en la audiencia de 6 de marzo en curso, a la que asistieron y alegaron los abogados de las partes. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que don David González García, por el actor, ha invocado en su recurso como primera causal de nulidad del fallo, la establecida en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo y ha formulado como petición concreta que se invalide el fallo y se dicte sentencia de reemplazo que conceda la demanda en todas sus partes, según detalla. Indica que en el fallo se han vulnerado las reglas de la sana crítica, los vicios están a la vista, se desprenden de su lectura, esto desde que se rechaza la acción, señalándose que la relación laboral termina por la renuncia del actor, siendo que la acción de autodespido y sus requisitos se encuentran acreditados como se aprecia de la lectura del fallo, cometiéndose entonces una grave vulneración en el sentido que de los antecedentes que constan en el proceso, no se dé lugar a ella a pesar de que exista una relación laboral vigente a la época de su verificación legal. Señala que en la sentencia se vulneran el principio de identidad y el de no contradicción. En el caso, la relación laboral se mantiene vigente mientras no se ponga término a ella, lo que aconteció el 7 de marzo de 2019 y que lo lógico, lo cual ha sido confirmado según la prueba, es que se haya verificado el pago de
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C.A. de Concepción Concepción, treinta y uno de marzo de dos mil veinte. Vistos: Que don David González García, por el actor, en autos RIT O-490-2019 del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, recurrió de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada el 7 de noviembre de 2019, solicitó que se anule el fallo y se dicte sentencia de reemplazo que acoja la demanda en los términos que in
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