GUELET/FISCO DE CHILE.
Rol
Fecha
30 de marzo de 2020
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
VISTOS: Se reproduce el fallo en alzada, su parte expositiva,
Fundamentos
considerandos y citas legales. Y SE TIENE Y ADEMAS PRESENTE. EN CUANTO AL RECURSO DE CASACION EN LA FORMA. PRIMERO: Que el abogado Dagoberto Reinuaba Del Solar, Procurador Fiscal de Punta Arenas del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile deduce Recurso de Casación en la Forma en contra de la sentencia de primer grado solicitando que esta Corte invalide el
Fallo
fallo en alzada, su parte expositiva, considerandos y citas legales. Y SE TIENE Y ADEMAS PRESENTE. EN CUANTO AL RECURSO DE CASACION EN LA FORMA. PRIMERO: Que el abogado Dagoberto Reinuaba Del Solar, Procurador Fiscal de Punta Arenas del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile deduce Recurso de Casación en la Forma en contra de la sentencia de primer grado solicitando que esta Corte invalide el fallo y dicte acto continuo y sin nueva vista sentencia que corresponda con arreglo a la ley, la que deberá desestimar la demanda respecto de los actores Cesar Segundo Guelet Vera, Eduardo Sergio Leiva Pérez, Teófilo del Carmen Alonso Alonso y Carlos Alfonso Jaramillo Freyhofer, en todas su partes, con costas. Lo fundamenta en la causal del artículo 768 N°6 del Código de Procedimiento Civil, esto es, “en haber sido dada contra otra pasada en autoridad de cosa juzgada, siempre que ésta se haya alegado oportunamente en el juicio”. Explica que los demandantes señores Cesar Segundo Guelet Vera, Eduardo Sergio Leiva Pérez, Teófilo del Carmen Alonso Alonso y Carlos Alfonso Jaramillo Freyhofer, interpusieron iguales pretensiones indemnizatorias a las deducidas en estos autos, basada en los mismos hechos y también fundado en normas internacionales, constitucionales, y legales que constituyen el estatuto de los derechos humanos y en aquellas que establecen los sistemas de responsabilidad del Estado, las que fueron conocidas y resueltas mediante sentencia ejecutoriadas y firme en
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Punta Arenas, treinta de marzo de dos mil veinte. VISTOS: Se reproduce el fallo en alzada, su parte expositiva, considerandos y citas legales. Y SE TIENE Y ADEMAS PRESENTE. EN CUANTO AL RECURSO DE CASACION EN LA FORMA. PRIMERO: Que el abogado Dagoberto Reinuaba Del Solar, Procurador Fiscal de Punta Arenas del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile deduce Recurso de Casación en la
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