BRENDER ZWICK RICARDO/3° JUZGADO POLICIA LOCAL DE SANTIAGO
Rol
Fecha
30 de marzo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece Eduardo Rodríguez Pérez, abogado, en favor de don Ricardo Brender Zwick, C.I. N° 6.557.133-1., e interpone recurso de amparo en contra de 3° Juzgado de Policía Local de Santiago, cuyo juez titular es don Carlos Varas Vildósola, a quien atribuye actos consistentes en la amenaza a su derecho a la libertad personal, el derecho al libre desplazamiento y seguridad individual. Detalla que el 3° Juzgado de Policía Local de Santiago -previa denuncias infraccionales interpuesta por la Oficina de Rentas de la Ilustre Municipalidad de Santiago en contra de COMERCIALIZADORA S.A., RUT. 81.675.600-6- conoció y sustanció 2 procedimientos de idéntica naturaleza en contra de la sociedad antes indicada, individualizadas respectivamente bajo los N° 2018-M-25.264 y N°2018-M-21.645 , los cuales además se encuentran fundados en el mismo motivo, a saber; exhibir propaganda antirreglamentaria en las dependencias que explota económicamente ubicadas en paseo Ahumada N° 390, comuna y ciudad de Santiago, lo cual constituiría en definitiva una infracción a la Ordenanza N° 62 del Departamento de Rentas Municipales de la Ilustre Municipalidad de Santiago. En los expedientes de ambos procedimientos en referencia, se consignó que la representación de la sociedad denunciada correspondía a don Ricardo Brender Zwick, C.I. N° 6.557.133-1. Refiere que las causas signadas se tramitaron hasta dictarse sentencia definitiva condenatoria en ambas, condenándose en cada una de ellas a la sociedad antes mencionada al pago de una multa ascendente a 05 UTM. Luego con fecha 18 de marzo del año en curso, personal de la Subcomisaria de órdenes judiciales de la 1° Comisaria de Carabineros de Chile se apersono en la tienda comercial antes indicada, exhibiendo al personal de seguridad apostado en la entrada de esta, 2 órdenes de reclusión diurna por 15 días, la N° 102 de fecha 06 de enero del 2020 y la N° 750 de fecha 08 de enero del 2020, emitidas en contra del amparado en cada uno de los procedimientos señalados, por no haberse pagado en el plazo legal las multas a la que había condenada la sociedad en referencia. Sostiene en primer lugar, que el amparado ha dejado de ostentar la calidad de gerente general y representante legal de COMERCIALIZADORA S.A. con fecha 03 de octubre del año 2018. En estas circunstancias estima que aquel no se encuentra legitimado para ser aprehendido en virtud de las órdenes de reclusión diurna decretadas en contra de este, razón por la cual estas deben ser dejadas sin efecto inmediatamente. Añade que una vez que COMERCIALIZADORA S.A. tomó conocimiento de las ordenes de reclusión en referencia, y a fin de dejar sin efecto las mismas, acudió al día siguiente, esto es el jueves 19 de marzo del año 2020, a dependencias del 3° Juzgado de Policía Local de Santiago para pagar las multas. Sin embargo, en el contexto de la emergencia sanitaria que actualmente experimenta nuestro país, el edificio que alberga a todos los juzgados de poli
Fallo
Por estas consideraciones no verificándose la conculcación ilegal ni arbitraria de la libertad ambulatoria del amparado, y visto lo dispuesto por el artículo 19 N°7 y artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección, se declara que se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido a favor de Ricardo Brender Zwick. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-581-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de marzo de dos mil veinte. Vistos y considerando: Primero: Que comparece Eduardo Rodríguez Pérez, abogado, en favor de don Ricardo Brender Zwick, C.I. N° 6.557.133-1., e interpone recurso de amparo en contra de 3° Juzgado de Policía Local de Santiago, cuyo juez titular es don Carlos Varas Vildósola, a quien atribuye actos consistentes en la amenaza a su derecho
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