SIN INFORMACION

BRAVO FERNANDEZ MAURICIO EDGAR/CONDOMINIO LOS QUILLAYES AYRES DE CHICUREO LOTE B-06

Rol

Fecha

30 de marzo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Eduardo Antonio Zúñiga Espinoza, abogado, en representación de MAURICIO EDGAR BRAVO FERNÁNDEZ, médico, domiciliado en calle El Molino N° 45, casa 41, Condominio Los Quillayes Ayres de Chicureo Lote B-06, de la comuna de Colina, de la Región Metropolitana, deduce acción constitucional de protección en contra de CONDOMINIO LOS QUILLAYES AYRES DE CHICUREO LOTE B-06, representado legalmente por Claudia Paz Silva Flores, por el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en el cobro a título de gastos comunes, de las deudas por este concepto y multas aplicadas a los propietarios anteriores de su inmueble, prohibiéndole el uso de espacios comunes, todo lo cual vulnera a su respecto, el legítimo ejercicio de las garantías consagradas en el artículo 19 N° 2, N°3 y N° 24 de la Constitución Política de la República. Funda su acción en que con fecha 30 de abril de 2019, adquirió la propiedad signada con el número 41, del conjunto habitacional denominado Condominio Los Quillayes - Conjunto Ayres de Chicureo Lote B-06A, ubicado en calle El Molino 45, de la comuna de Colina, Región Metropolitana, además de los derechos en proporción al valor adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes, y que previo a la suscripción del contrato de compraventa, se contactó con la administración del aludido condominio, a fin de conocer el estado de pago de los gastos comunes de la propiedad, tomando noticia de la existencia de un proceso de cobranza judicial con los anteriores propietarios del inmueble, por gastos comunes adeudados, ventilado en la causa Rol C-1002-2017 del Juzgado de Letras de Colina, por una cuantía de $20.625.622, que corresponde al gasto común del mes de abril de 2019 ($247.168); un capital atrasado ($9.493.904); una multa ($474.695); y multas atrasadas ($10.410.270). Agrega que, en forma paralela e improcedente, dicha administración está cobrando la misma deuda al señor Bravo Fernández, pues en reu

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA, SIN COSTAS, la acción de protección deducida por el abogado Eduardo Zúñiga Espinoza, a favor de MAURICIO EDGAR BRAVO FERNÁNDEZ en contra de CONDOMINIO LOS QUILLAYES AYRES DE CHICUREO LOTE B-06. Regístrese y en su oportunidad archívese. Redactó la abogado integrante señora Herrera Fuenzalida. Rol N°178.923-2019 (protección). Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Adelita Ravanales Arriagada e integrada por la Ministra señora Lilian Leyton Varela y la abogado integrante señora Paola Herrera Fuenzalida.

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta de marzo de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Eduardo Antonio Zúñiga Espinoza, abogado, en representación de MAURICIO EDGAR BRAVO FERNÁNDEZ, médico, domiciliado en calle El Molino N° 45, casa 41, Condominio Los Quillayes Ayres de Chicureo Lote B-06, de la comuna de Colina, de la Región Metropolitana, deduce acción constitucional de protección en

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