SIN INFORMACION

LESLIE ELIZABETH CARTAGENA MUÑOZ CONTRA COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

28 de marzo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece Leslie Elizabeth Cartagena Muñoz, interna del penal C.P.F. de mujeres, quien deduce recurso de amparo en su favor y en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Expone que cumple con todos los requisitos que señala el Decreto Ley N° 321 de 1925, y su reglamento para optar al beneficio de libertad condicional, a saber, colegio, conducta, plan de intervención y trabajo en la Unidad Penal. Invoca los artículos 1, 4 y 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Segundo: Informa al tenor del recurso doña Sandra Toledo Valenzuela, Alcaide del Centro Penitenciario Femenino de Santiago. Indica que respecto al proceso de libertad condicional del primer semestre del año 2020, la interna cuenta con el tiempo mínimo de postulación, sin embargo, no cumple con el requisito de conducta. Expresa que el artículo 2 N°2 del Decreto Ley N° 321 exige el haber observado una conducta intachable durante el cumplimiento de la condena. A su vez, señala que será calificada con esta conducta la persona que tenga conducta “muy buena” de conformidad al reglamento del Decreto Ley, en los tres bimestres anteriores a su postulación. Al efecto, acompaña copia del informa de conducta histórica de la recurrente en donde aparece que en los bimestres septiembre-octubre, noviembre – diciembre y enero-febrero de los años 2019 y 2020 obtuvo las calificaciones buena, buena y muy buena respectivamente. Tercero: Que, el recurso de amparo, contemplado en nuestra Constitución Política, se creó con el propósito de cautelar debidamente la libertad personal y la seguridad individual, y por lo tanto cualquier persona por sí o a favor de un tercero puede recurrir ante el órgano jurisdiccional para su amparo cuando estime vulnerados o amenazados por actos arbitrarios o ilegales y la Corte de Apelaciones correspondiente en su caso deberá adoptar las medidas conducentes para restablecer el orden jurídico quebrantado; Cuarto: Que, como se desprende de lo expu

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En San Miguel, a veintiocho de marzo de dos mil veinte Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece Leslie Elizabeth Cartagena Muñoz, interna del penal C.P.F. de mujeres, quien deduce recurso de amparo en su favor y en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Expone que cumple con todos los requisitos que señala el Decreto Ley N° 321 de 1925, y su reglamento para optar al beneficio de libe

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