7º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BCO ESTADO/GÓMEZ

Rol

Fecha

17 de abril de 2020

Materia

HIPOTECARIA, ACCIÓN SEGÚN LEY DE BANCOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el trece de enero pasado, en contra de la resolución que ordenó recibir la causa a prueba dictada el diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve, le fue legalmente notificada por cédula a la recurrente, el ocho de enero último, según lo ha estampado el señor receptor judicial. Que conforme la regla establecida en el artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de reposición y apelación subsidiaria en contra de ésta resolución, debe ser interpuesto dentro de tercero día de notificada, en consecuencia, el plazo legal se encontraba vencido a la fecha de su interposición. Y conforme lo dispuesto en los artículos 188, 201, 205 y 319 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la demandada, el trece de enero último, en contra de lo resuelto el diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve, y que fuera concedido por resolución de dieciocho de febrero del año en curso. Devuélvase mediante sistema interconectado. N°Civil-3045-2020.

Fallo

se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la demandada, el trece de enero último, en contra de lo resuelto el diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve, y que fuera concedido por resolución de dieciocho de febrero del año en curso. Devuélvase mediante sistema interconectado. N°Civil-3045-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago muz Santiago, diecisiete de abril de dos mil veinte. Al folio 4: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el trece de enero pasado, en contra de la resolución que ordenó recibir la causa a prueba dictada el diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve, le fue legalmente notificada por cédula a la re

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