TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SAN ANTONIO

M.P. C/ CARLOS ENRIQUE GONZALEZ MORA

Rol

Fecha

27 de marzo de 2020

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

SE ANULA DE OFICIO

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: En esta causa, proveniente del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, por sentencia de diecisiete de febrero de dos mil veinte, se condenó a Carlos Enrique González Mora, como autor de un delito de robo en lugar habitado, en grado de frustrado, previsto y sancionado en el artículo 440 Nº 1 en relación al artículo 432, ambos del Código Penal, perpetrado en la comuna de San Antonio, el día 16 de mayo de 2019, a la pena de CINCO AÑOS Y UN DÍA de presidio mayor en su grado mínimo y a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. .La defensa del sentenciado interpuso recurso de nulidad, el que fue admitido a tramitación, llevándose a cabo la audiencia, por video conferencia, el día 25 de marzo del año en curso, concurriendo a estrados la defensa y el Ministerio Público.

Fundamentos

Considerando:           Primero: Que el recurso de nulidad intentado se fundó en una causal principal, aquella contenida en el artículo 374, letra e), en relación con los artículos 342, letra c) y 297, todos del Código Procesal Penal y, en un vicio subsidiario, consistente en una errónea aplicación del derecho, con influencia en lo dispositivo del fallo. Segundo: Que, sin perjuicio de lo antes referido, según dispone el artículo 379 inciso segundo del Código Procesal Penal, esta Corte está facultada para acoger de oficio el recurso que se hubiere deducido en favor del imputado por un motivo distinto del invocado, siempre que fuere alguno de los señalados en el artículo 374 del aludido cuerpo normativo. Tercero: Que, en el presente caso, si bien el articulista propuso la invalidación del

Fallo

fallo por falta de fundamentación del mismo que impide reproducir el razonamiento de los sentenciadores que culminó con un laudo condenatorio, causal prevista como motivo absoluto de nulidad, lo cierto es que, esta Corte, analizando los antecedentes acopiados al fallo, advirtió que existe una errónea aplicación del derecho, evidente, que permite hacer uso de las facultades oficiosas que la ley contempla. Cuarto: Que, en adelante, pasaremos a desarrollar la proposición enunciada. En la acusación se sostuvo que ““El día 16 de mayo de 2019, aproximadamente a las 20:30 hrs. el imputado, con ánimo de lucro y contra la voluntad de sus dueños, ingresó al inmueble ubicado en calle Borde Río nº558, San Antonio, de propiedad de doña Natalia Muñoz Carrasco, para lo cual escaló el cierre perimetral, y sustrajo un cilindro de gas de 11 kilos que estaba en el patio, dándose a la fuga, saltando el cierre perimetral hacia su casa, siendo visto en dicha acción por la víctima” A su turno, el tribunal, en el fundamento noveno, tuvo por sentados los siguientes supuestos fácticos: “El día 16 de mayo de 2019, aproximadamente a las 20:30 horas, el acusado Carlos Enrique González Mora, ingresó al inmueble ubicado en calle Borde Río Nº558, San Antonio, para lo cual escaló el cierre perimetral e intentó sustraer un cilindro de gas de 11 kilos que estaba en el patio de la propiedad, siendo observado en dicha acción por la víctima doña Natalia Muñoz Carrasco, dándose a la fuga, saltando el cierre peri

Texto Completo (Preview)

Cgv C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintisiete de marzo de dos mil veinte. Vistos: En esta causa, proveniente del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, por sentencia de diecisiete de febrero de dos mil veinte, se condenó a Carlos Enrique González Mora, como autor de un delito de robo en lugar habitado, en grado de frustrado, previsto y sancionado en el artículo 440 Nº 1 en relación

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica