VARGAS VEGA MARIO ANDRES/CDP SANTIAGO SUR - GENDARMERIA DE CHILE.-
Rol
Fecha
25 de marzo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado don Gerardo Morales Parra interpuso recurso de amparo en favor de Mario Andrés Vargas Vega, cédula de identidad 13.774.004-4, quien cumple condena en el CRS Santiago Sur, dirigiéndose en contra del Consejo Técnico del CRS ya referido, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en no evaluar los antecedentes de postulación del amparado para obtener el derecho a la Libertad Condicional. Expone que el amparado se encuentra actualmente cumpliendo la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, por haber sido condenado por un delito de Tráfico de Drogas, en causa Rit 3861-2014 del Juzgado de Garantía de San Bernardo. Agrega que el inicio de su condena se verificó el día 24 de abril de 2014 y el término de la misma está previsto para el 19 de marzo de 2024. Asegura que el amparado cumple con los requisitos formales para poder acceder a la salida dominical, puesto que a la fecha de la postulación en diciembre de 2019, llevaba 69 meses de cumplimiento de un total de 120 meses, faltando solo 51 para terminar su condena. Refiere que el amparado goza de muy buena conducta en los últimos 18 meses y cuenta con apoyo familiar, destacando, además, que actualmente se encuentra cursando 5° y 6° básico en la Escuela Espacio Mandela de calle 11 y trabajando en la calle 6. Finalmente, solicita a esta Corte, restablecer el imperio del derecho en el sentido de decretar, respecto del amparado, la concesión del permiso de salida dominical, que le ha sido injustamente denegado. Segundo: Que Gendarmería de Chile evacuó informe señalando que el amparado no fue postulado al beneficio de libertad condicional por no cumplir el tiempo mínimo para ello. Luego, ampliando su informe, refiere que analizados los antecedentes de Mario Vargas Vega, éste efectivamente cumple los requisitos para postular a beneficios intrapenitenciarios contemplados en el Decreto Supremo N°518 del Ministerio de Justicia, por lo que el interno
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de marzo de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado don Gerardo Morales Parra interpuso recurso de amparo en favor de Mario Andrés Vargas Vega, cédula de identidad 13.774.004-4, quien cumple condena en el CRS Santiago Sur, dirigiéndose en contra del Consejo Técnico del CRS ya referido, por la omisión ilegal y arbitraria consistent
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