SIN INFORMACION

PEDRO ANTONIO PEÑAILILLO PEREZ CONTRA COLEGIO CHILEAN EAGLES COLLEGE.

Rol

Fecha

23 de marzo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Pedro Antonio Peñailillo Pérez interpone recurso de protección de garantías constitucionales en contra del colegio Chilean Eagles College de la comuna de La Cisterna, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en expulsar a su hijo, Matías Peñailillo, del referido establecimiento. Expone que el día 9 de mayo pasado se le informó que su hijo, estudiante del tercero medio B del colegio, habría amenazado a otro estudiante con un arma de fuego. Frente a ello la dirección del establecimiento decidió suspender al menor de edad por 10 días, mientras se realizaba la investigación interna. Señala que el día 23 de mayo en curso, se le informó la resolución de expulsión, por constituir su conducta una falta gravísima según lo establecido en el reglamento de convivencia escolar para el año 2019. Expresa que no está de acuerdo con la decisión que le fuera informada, pues en todo momento en los escritos se habla de la situación emocional y psicológica del alumno afectado, dejando en total desamparo a su hijo, quien insiste en no haber cometido ninguna indisciplina de la que se le acusa y no tener ni siquiera un problema ni rencilla con el presunto agredido. Hace presente que incluso tiene muy buena comunicación con el hermano de aquel. Arguye que han dejado a Matías como un maleante, afectando así su honra e integridad. Agrega que el colegio incumplió su promesa de tratar el problema en reserva, pues ya lo sabe casi todo el alumnado. Esgrime, a su turno, que se le dio un trato desigual, discriminatorio e injusto, debido a que no existen pruebas suficientes ni concretas que demuestren la acusación. Añade que el alumno afectado ya estaba siendo tratado por problemas psicológicos anteriores a lo sucedido y que las armas mencionadas son netamente para uso de entretención. Enfatiza que la profesora jefe estaba al tanto que su hijo, junto a otros compañeros, jugaba con ese artefacto de entretención. Asevera que Matías está

Fallo

se resuelve la medida de expulsión del estudiante Peñailillo. Ante el recurso de reconsideración presentado por la apoderada con fecha 29 de mayo de 2019, el 30 de mayo, el Consejo de Profesores manifestó por escrito rechazar el recurso deducido. Se hace presente que la medida cautelar de separación del establecimiento por diez días está prevista en el Reglamento Interno del Establecimiento.- Tercero: Que el derecho a la educación, constitucionalmente garantizado, supone y exige la autonomía de los establecimientos educacionales para adoptar las medidas que correspondan ante faltas gravísimas con la finalidad de resguardar la seguridad que debe imperar al interior de la comunidad educativa y especialmente la integridad física y sicológica de los estudiantes. Ello resulta además coherente con el artículo 1º de la Constitución Política que garantiza la autonomía de los cuerpos intermedios mediante los cuales se organiza la sociedad para el cumplimiento de sus fines específicos. Ello, naturalmente, debe tener lugar con respeto a las garantías constitucionales entre las cuales se incluye que las sanciones sean aplicadas tras una investigación, dando la posibilidad de defensa y de recurrir ante las decisiones adoptadas., Cuarto: De los antecedentes acompañados queda en evidencia que la sanción fue adoptada en el marco y con sujeción a los protocolos contenidos en el Reglamento Interno del establecimiento educacional en concordancia con las normas de la ley No 21.128, de “Aula Segu

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En San Miguel, a veintitrés de marzo de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Pedro Antonio Peñailillo Pérez interpone recurso de protección de garantías constitucionales en contra del colegio Chilean Eagles College de la comuna de La Cisterna, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en expulsar a su hijo, Matías Peñailillo, del referido establecimiento. Exp

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