UNIVERSIDAD DE TALCA/OLIVARES
Rol
Fecha
23 de marzo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha veintidós de julio del año dos mil diecinueve, comparece don Mauricio Lozano Donaire, abogado, en representación de la Universidad de Talca, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada por el Juez a quo en causa RIT T-79-2019 del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, que con fecha 11 de julio pasado, en la audiencia preparatoria celebrada, concedió recurso de apelación deducido por la contraria, en contra de la resolución que acogió la excepción de inadmisibilidad de la demanda, opuesta por esta parte en juicio, al ser aquella sobre las cuales se reclama del procedimiento, de acuerdo al artículo 453 N°1, inciso 4°, del Código del Trabajo. El recurso deducido dio origen a la causa Rol Corte N°313-2019/Laboral-Cobranza. Refiere que el fundamento de su recurso estriba en la circunstancia de que la resolución que acoge la inadmisibilidad de la demanda, por expresa disposición del artículo 476, del Código del Trabajo, solo es susceptible del recurso de apelación, y de manera directa, mas no es atendible deducir dicho arbitrio en forma de un recurso de reposición con apelación subsidiaria como ha ocurrido en el caso de la especie.- Lo anterior, se ve refrendado incluso por las disposiciones supletorias contempladas en el Código de Procedimiento Civil. Que, en consecuencia, habiéndose fallado por una sentencia interlocutoria, disconforme una de las partes con ella, el único camino de impugnación previsto por la ley es el de la apelación directa establecido en el artículo 475 y 476 del Código del Trabajo, y artículo 187 del Código de Procedimiento Civil, y no el de la reposición u apelación subsidiaria del 188, que solo se halla reservado a los autos y decretos. Finaliza solicitando se acoja el presente recurso de hecho y, en definitiva, declarar inadmisible por improcedente, el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de once de julio de dos mil diecinueve. SEGUNDO: Que, el veinticinco de julio de dos mil diecinueve, doña Lis Aguilera Jiménez, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, evacúa informe, indicando que efectivamente en causa RIT T-79-2019 en audiencia preparatoria de once de julio de dos mil diecinueve, se dictó una sentencia interlocutoria que puso término al juicio al acogerse una excepción de reclamación del procedimiento opuesta por la parte demandada. Que la defensa de la parte demandada (SIC), al recurrir de ella, efectivamente anunció un recurso de reposición con apelación subsidiaria en contra de la aludida resolución; sin embargo, como consta en el registro de audio, ante las precisiones que le fueron formuladas por la juez en audiencia, dicha defensa limitó su vía recursiva solo al recurso de apelación, el que fue declarado admisible y concedido en ambos efectos. TERCERO: Que de una revisión del sistema virtual se advierte que, mediante resolución firme de veintidós de julio de dos mil diecinueve, en la causa Rol N°313-2019/Laboral-
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en los artículos 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA el recurso de hecho interpuesto por don Mauricio Lozano Donaire, en contra de la resolución dictada el once de julio de dos mil diecinueve en la causa RIT T-79-2019 del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca. Incorpórese la presente sentencia en la causa Rol N°313-2019/Laboral-Cobranza. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N°331-2019/Laboral-Cobranza (Hecho).
Texto Completo (Preview)
Talca, veintitrés de marzo de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha veintidós de julio del año dos mil diecinueve, comparece don Mauricio Lozano Donaire, abogado, en representación de la Universidad de Talca, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada por el Juez a quo en causa RIT T-79-2019 del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, que con fecha 1
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