M.P C/ FRANCISCO ALEJANDRO NUNEZ CARRASCO
Rol
Fecha
20 de marzo de 2020
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Oídos los intervinientes y del mérito de lo expuesto en la audiencia, resulta que se encuentran suficientemente justificados, en este estadio procesal, los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal; asimismo, aparece que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la naturaleza de los delitos y las circunstancias de comisión de los mismos, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 antes mencionado. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140 y 357 del Código Procesal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de trece de marzo de dos mil veinte, por el Juzgado de Garantía de Talagante, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Francisco Alejandro Núñez Carrasco. Acordada contra el voto de la Ministro señora Cienfuegos, quien fue del parecer de revocar la resolución en alzada por estimar que otras medidas de menor intensidad, del artículo 155 del Código Procesal Penal, son suficientes para garantizar los fines del proceso. Comuníquese y devuélvase. Rol Nº 671-2020 Penal.
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San Miguel, veinte de marzo de dos mil veinte. Rol Corte: 671-2020 Penal JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE Ministro de fe: Javiera Gaínza Flores Defensor: César Contreras Ministerio Público: Lucas Vargas N° registro de Audiencia: 2000283997-1-91 Imputado: FRANCISCO ALEJANDRO NUNEZ CARRASCO Tipo de Recurso: PENAL- CAUTELAR PERSONAL Delito: Microtráfico Escritos presentados: folios 18572 y 18683 San
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