30º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ADMINISTRACIÓN Y RECAUDACIÓN SPA/HOSPITAL SANTIAGO ORIENTE LUIS TISNE BROUSSE

Rol

Fecha

25 de marzo de 2020

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en el artículo 698 Nº 7 del Código de Procedimiento Civil, y no existiendo asunto que deba conocer esta Corte, se declara inadmisible por falta de oportunidad el recurso de apelación interpuesto con fecha veinticuatro de febrero del año en curso y concedido con fecha dos de marzo, en contra de la resolución de fecha dieciocho de febrero de los corrientes, debiendo elevarse los antecedentes en su oportunidad si procediere. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-3.350-2.020.

Fallo

se declara inadmisible por falta de oportunidad el recurso de apelación interpuesto con fecha veinticuatro de febrero del año en curso y concedido con fecha dos de marzo, en contra de la resolución de fecha dieciocho de febrero de los corrientes, debiendo elevarse los antecedentes en su oportunidad si procediere. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-3.350-2.020.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticinco de marzo de dos mil veinte. (dia) Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en el artículo 698 Nº 7 del Código de Procedimiento Civil, y no existiendo asunto que deba conocer esta Corte, se declara inadmisible por falta de oportunidad el recurso de apelación interpuesto con fecha veinticuatro de febrero del año en curso y concedido con fecha dos de marzo, e

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica