ADMINISTRACIÓN Y RECAUDACIÓN SPA/HOSPITAL SANTIAGO ORIENTE LUIS TISNE BROUSSE
Rol
Fecha
25 de marzo de 2020
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en el artículo 698 Nº 7 del Código de Procedimiento Civil, y no existiendo asunto que deba conocer esta Corte, se declara inadmisible por falta de oportunidad el recurso de apelación interpuesto con fecha veinticuatro de febrero del año en curso y concedido con fecha dos de marzo, en contra de la resolución de fecha dieciocho de febrero de los corrientes, debiendo elevarse los antecedentes en su oportunidad si procediere. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-3.350-2.020.
Fallo
se declara inadmisible por falta de oportunidad el recurso de apelación interpuesto con fecha veinticuatro de febrero del año en curso y concedido con fecha dos de marzo, en contra de la resolución de fecha dieciocho de febrero de los corrientes, debiendo elevarse los antecedentes en su oportunidad si procediere. Al folio N°3, estese a lo resuelto. Devuélvase. N°Civil-3.350-2.020.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticinco de marzo de dos mil veinte. (dia) Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en el artículo 698 Nº 7 del Código de Procedimiento Civil, y no existiendo asunto que deba conocer esta Corte, se declara inadmisible por falta de oportunidad el recurso de apelación interpuesto con fecha veinticuatro de febrero del año en curso y concedido con fecha dos de marzo, e
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